Camiones y vehículos que transporten alimentos e insumos pueden circular durante toque de queda

Los ministerios de Agricultura y Transporte de Ecuador, a través de un comunicado, informaron a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Agencia Nacional de Tránsito y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados que está autorizado el transporte de productos frescos sea en vehículos o camiones con documentación vigente portando los respectivos salvoconductos.

Además, está permitido que los vehículos de los propietarios de fincas, con documentación al día, se trasladen a puntos específicos. Esto también rige para operadores logísticos que transportan cabezales sin contenedores dirigiéndose a puntos de carga en fincas, centros de acopios, puntos de consolidación y puertos.

Estas aclaraciones se dan en el marco del toque de queda que rige en todo el Ecuador para reducir el contagio del COVID-19 dispuesto por el Gobierno Central.

«Cabe anotar que esto forma parte de las excepciones dictaminadas en el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional», refiere el comunicado.

Para garantizar la producción, fabricación, empaque, transporte y logística de estos productos se debe permitir la movilidad de los trabajadores de estas industrias acogiéndose a las normas sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud Pública.

«También debe permitirse la movilidad, incluso en periodo de toque de queda, a los camiones vacíos que van a puntos de carga de productos y materiales de toda la cadena alimenticia, materias primas o para transportación con las guías de emisión y los salvoconductos respectivos«, indica el documento.

Las carteras de Estado reiteran que no se deben cerrar locales de insumos veterinarios y agroquímicos siempre que que cumplan con las disposiciones sanitarias. «La transportación de productos frescos que van a mercados, supermercados, y centro de acopio, transporte de animales con su debida guía de movilización que se dirijan a centros de faenamiento están incluidos (en la medida)», señalan los ministerios. (I)