Tribunal de Apelación del caso Sobornos 2012-2016 reinstala audiencia para dar lectura a sentencia de segunda instancia

Quito –

Los jueces David Jacho (ponente), Dilza Muñoz y Wilman Terán, integrantes del Tribunal de Apelación a la sentencia emitida en el caso Sobornos 2012-2016, reinstalaron, poco después de las 10:30 de este lunes, la audiencia en la que darán a conocer de forma oral la resolución a la que llegaron luego de analizar los elementos entregados por 20 acusados del delito de cohecho agravado. La diligencia estaba convocada para las 09:00.

La audiencia se suspendió el 2 de julio pasado para que el Tribunal ingrese en proceso de deliberación antes de emitir su resolución de aceptación o negación a las 20 apelaciones interpuestas por los sentenciados y la apelación planteada por la Procuraduría General, como acusación particular.

En mayoría los apelantes señalaron que la sentencia debía declararse nula, que la sentencia no fue notificada de forma completa y que el Tribunal de Juzgamiento no valoró de manera adecuada y conjunta los elementos de prueba expuestos durante los días de audiencia de juicio.

Por su parte la Fiscalía y la Procuraduría afirmaron que el delito de cohecho fue probado y que cada uno de los sentenciados tuvo parte en los hechos investigados. Solicitaron al Tribunal que deseche las nulidades planteadas y deje en firme la sentencia de primer nivel en todas sus partes ordenada por el Tribunal de Juicio.

El 7 de abril pasado, los jueces Iván León, Marco Rodríguez e Iván Saquicela encontraron culpables, en calidad de autores mediatos, al expresidente Rafael Correa y el exvicepresidente Jorge Glas, sentenciándolos a los dos de forma unánime a ocho años de cárcel. La misma pena, pero como coautores, la emitieron contra los exfuncionarios públicos Alexis Mera, Vinicio Alvarado, María Duarte, Walter Solis, Christian Viteri, Pamela Martínez y la actual asambleísta Viviana Bonilla.

Además como autores directos fueron sentenciados a ocho años de cárcel diez empresarios; mientras que en calidad de cómplice y por cooperar, la exasistente Laura Terán recibió una pena reducida de un año y medio de cárcel. Martínez también por ser cooperadora de Fiscalía se le redujo la pena y se le definió tres años y dos meses de prisión.

«Si el tribunal de alzada honra su compromiso con la historia, tiene que apreciar que en la situación del ex presidente Rafael Correa se violó el derecho de defensa al omitir la práctica de pruebas anunciada en tiempo oportuno y que se dispuso que se practiquen». Esa es la perspectiva que mantiene sobre esta diligencia la defensa del exmandatario, Alfonso Zambrano Pasquel.

Él igualmente cree que se violó el artículo 609 del COIP, pues, explica, la acusación de la Fiscalía a base de la cual se debía tramitar el juicio, era por autoría mediata a través de un aparato organizado de poder y el tribunal condenó por delito de infracción del deber que no fue materia de la acusación, ni de prueba ni de debate en el juicio.

«Se violo aquí el principio de congruencia. El tribunal condenó por cohecho agravado que no fue acusado por la Fiscalía. En el caso del expresidente Correa, no hay pruebas que lo vinculen con un delito. Si el tribunal de la apelación considera que el proceso es nulo debe declarar la nulidad para que se sustancie la audiencia de juicio nuevamente», finalizó. (I)