Solicitar Préstamos Quirografarios en el BIESS

Los jubilados del IESS sí pueden acceder a créditos quirografarios e hipotecarios

Los jubilados pueden acceder a préstamos en el IESS, pero todo dependerá el monto de la pensión que recibe y de la edad. Entre más edad, el plazo máximo de pago del crédito será menor. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Uno de los principales beneficios de ser jubilado del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), además de recibir una pensión mensual, es que se puede aplicar a préstamos quirografarios.

Así, un jubilado de hasta 78 años  puede pedir un quirografario con un plazo máximo de pago de 60 meses  o 5 años.
Si tiene entre 79 y 83 años, se puede acceder a un préstamo con un plazo de hasta 48 meses o 4 años. En el caso de los que tiene 84 años o más, el plazo máximo se reduce a 24 meses o dos años.

De acuerdo al Banco Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), los créditos quirografarios para los jubilados dependen de la pensión y la edad.

Más del 80% de los quirografarios que entrega el IESS van a cubrir gastos en medicinas o a pagar deudas.

El costo de la vida en la tercera edad aumenta en al menos seis temas principales: Gastos y atención médica, cuidado a largo plazo, modificaciones del hogar, actividades sociales, alimentación y transporte, otros costos fijos.

Requisitos para que jubilados accedan a quirografarios

Al igual que los afiliados, los jubilados tienen dos tipos de requisitos. El primero está relacionado con las jubilaciones, en donde el Biess establece que los jubilados deben encontrarse en goce de pensión otorgada por el IESS, y además debe encontrarse al día en sus obligaciones con el Biess y el IESS.

–Cuenta bancaria registrada y autorizada por el IESS.
-Sin registro de fallecimiento en el IESS.
-Sin crédito en mora con el IESS o Biess.
-Empleador sin obligaciones pendientes con el IESS.
-Sin crédito hipotecario en trámite con el Biess.
-Sin gastos de instrumentación pendientes en préstamos hipotecarios.
-Sin comprobantes pendientes de pago.
–Sin créditos quirografarios en trámite.
-Con créditos en liquidación.
-Sin crédito vigente bajo el sistema HOST del IESS.

¿Los jubilados pueden aplicar a un crédito hipotecario?

Un préstamo hipotecario es un crédito a mediano o largo plazo para la construcción, compra o arreglo de una vivienda, compra de locales comerciales u oficinas.

La principal limitación para los jubilados es que se puede aplicar a este tipo de financiamiento si se tiene hasta 77 años.

 

El resto de requisitos son los siguientes:

-El pensionista de vejez o jubilado debe encontrarse en goce de pensión otorgada por el IESS.
-No tener obligaciones vencidas con el IESS.
-No tener dividendos pendientes de pago con el Biess, en cualquiera de sus productos crediticios (Préstamos Hipotecarios/Quirografarios).
-No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o Biess.
-No tener en trámite ninguna solicitud para cualquier tipo de préstamo hipotecario con el Biess.
–No tener en curso una Línea de Crédito para Construcción de Vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
-No tener valores pendientes de pago por concepto de gastos instrumentación en solicitudes anuladas de Préstamo Hipotecario con el IESS o Biess.
-No tener Obligaciones Vigentes como Garante o Fiador por concepto de Préstamos Hipotecarios para Afiliados Voluntarios.
-No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
-Aprobar la calificación crediticia del Biess.