reforma de la nom051

Lo que la reforma de la NOM051 le ha hecho al Etiquetado Frontal

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Desde el día 1º de Octubre del 2020 entró en vigor en México la nueva normativa sobre el empaque y etiquetado frontal para productos alimenticios preenvasados, y bebidas alcohólicas, conocida como la NOM051 es una modificación que fue realizada bajo la dirección de la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios COFREPIS, dicha reforma tiene como objetivo establecer la información comercial y sanitaria que debe estar especificada en el etiquetado del producto para advertir de forma clara y veraz al consumidor sobre el contenido nutricional del producto que consume, así como los riesgos que un consumo excesivo del mismo puede conllevar a su salud.

Índice

Productos exentos a este nuevo etiquetado

Esta actualización respecto al etiquetado frontal, NO aplica en los siguientes casos:

  • Alimentos y bebidas NO alcohólicas preenvasados sujetos a disposiciones de información comercial y sanitaria que sean contenidas en Normas Oficiales Mexicanas específicas que no incluyan a esta normativa (NOM 051)
  • Para los alimentos y bebidas NO alcohólicas a granel
  • En alimentos y bebidas NO alcohólicas que se envasan en punto de venta
  • Otros productos alimenticios, estos tendrán que ser valorados por la autoridad competente correspondiente

Lo que sucede si no se sigue esta normativa

 

 

leyendas

Es importante conocer los parámetros, requisitos y lineamientos a cumplir, ya que a partir del 1º de diciembre del 2020 todos los productos que entren en esta normativa deben cumplir con el etiquetado frontal nutricional, de no ser así la empresa responsable podría estar afrontando una multa ante el COFEPRIS de hasta $781’920 pesos mexicanos.

La importancia del nuevo etiquetado en México

En esta reforma lo más importante a cumplir (si no es que también lo más notable) es la inclusión de estas figuras octagonales que ya es común ver en los productos que entran en la NOM 051, dependiendo del producto y el tipo de empaque el tamaño y requisitos para cumplir con este etiquetado frontal irá variando, aún así el contenido de estos octágonos debe de ser alguna de las siguientes afirmaciones de acuerdo a los valores nutrimentales del producto:

  • Exceso calorías
  • De exceso sodio
  • Exceso grasas trans
  • De exceso azúcares
  • Exceso grasas saturadas

sellos

También se deben incluir las etiquetas con las leyendas “CONTIENE CAFEÍNA – EVITAR EN NIÑOS” o “CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS”, según sea el caso.

Reforma de la NOM051

Ciertamente con todo esto puede resultar difícil asimilar todo lo que el nuevo etiquetado frontal nutrimental demanda, todos los criterios y la información con que se tiene que contar para evitar correr el riesgo de ganarse una multa ante el COFEPRIS, pero no todo tiene que ser malo ni tan difícil, afortunadamente han salido a relucir instituciones que cuentan con toda la información, experiencia y profesionalismo que requieres para guiarte en todo este proceso.

Brandwatch México, por ejemplo, es una empresa de diseño especializada en el diseño de empaque, gracias a su conocimiento y dominio sobre la actualización de la NOM 051, puede brindarte la asesoría que necesitas para el envasado de tus productos, ya sea incluso mediante análisis, rediseño y certificación de tu etiquetado actual.

Para más información o ponerte en contacto consulta en esta pagina sobre el etiquetado frontal de Brandwatch México.