
Lista de servidores públicos que deben presentar su declaración patrimonial nuevamente
La lista de servidores públicos que deben presentar su declaración patrimonial nuevamente. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
La Contraloría exige una nueva declaración patrimonial a los servidores considerados Personas Expuestas Políticamente, entre el 1 y 31 de agosto.
Los servidores públicos que ocupan cargos de nivel jerárquico superior y están considerados como Personas Expuestas Políticamente (PEP) deberán presentar una nueva declaración patrimonial jurada entre el 1 y el 31 de agosto de 2025.
Así lo establece la reforma a la Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas, vigente desde el 29 de julio de 2025, tras la publicación de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos.
¿Qué información debe contener la declaración patrimonial de los servidores?
La declaración deberá incluir las posiciones actuales que el funcionario mantiene fuera de la función pública —remuneradas o no— dentro y fuera del país; las fuentes de ingresos adicionales al cargo público, detallando su tipo, origen y valor; la remuneración que percibe por su cargo actual; los bienes, fideicomisos o sociedades de los que es beneficiario final, así como los de su cónyuge e hijos menores de edad; y los derechos de representación otorgados o adquiridos.
Toda esta información deberá ingresarse en la plataforma digital de la Contraloría General del Estado (CGE), de forma gratuita, dentro del plazo establecido.
¿Quiénes son considerados Personas Expuestas Políticamente?
El reglamento emitido mediante el Acuerdo No. 031-CG-2025, firmado por el contralor Mauricio Torres, detalla que se consideran PEP quienes ejerzan los siguientes cargos:
- Funciones de elección popular.
- Cargos entre el grado 5 y el grado 10 del nivel jerárquico superior.
- Subgerentes de área; directores, gerentes, subgerentes, asesores y coordinadores de empresas públicas estatales.
- Miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional desde el grado de Teniente Coronel o su equivalente.
- Alcaldes, vicealcaldes, concejales, comisarios, administradores, directores y asesores de los gobiernos autónomos descentralizados.
- Asambleístas principales y suplentes, así como directivos de libre nombramiento y remoción de la Asamblea Nacional.
- Gobernadores, intendentes, prefectos, viceprefectos y consejeros provinciales.
- Diplomáticos, embajadores y cónsules en funciones dentro o fuera del país.
- Jueces, fiscales, magistrados, vocales y asesores del Consejo de la Judicatura.
- Gerentes de hospitales, directores de centros de salud y directores del Ministerio de Educación.
Control y sanción por parte de la Contraloría
Las unidades de talento humano o quienes ejerzan esas funciones deberán informar a los servidores si, por el cargo que desempeñan, están obligados a declarar como PEP. El cumplimiento será verificado mediante la Constancia Electrónica de Otorgamiento que genera la plataforma digital de la CGE.
La Contraloría verificará que se cumpla con esta obligación dentro de sus atribuciones constitucionales. El incumplimiento se considerará una falta grave y se sancionará conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Servicio Público.
El detalle sobre la clasificación de Personas Expuestas Políticamente puede consultarse en la guía oficial disponible en el portal de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).