lineamientos aplicacion plan continuidad educativa

Lineamientos para la aplicación del plan de continuidad educativa, PICE

Lineamientos aplicación plan de continuidad educativa, PICE. El Ministerio de Educación mediante Acuerdo Ministerial 2020-0044-A, expidió los lineamientos para la aplicación del plan de continuidad educativa, permanencia escolar y uso progresivo de las instalaciones educativas.

Aplicación plan de continuidad educativa, PICE

El objetivo es garantizar, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19. La permanencia de los estudiantes en el sistema educativo. Aplicando estrategias y herramientas contextualizadas que ponderen en igualdad de condiciones el derecho a la salud y a la educación de las personas que conforman la comunidad educativa.

Los lineamientos establecen enfoques, definiciones, fases, prioridades, roles de los actores y condiciones mínimas. Para su efectiva aplicación en las instituciones educativas de todos los sostenimientos y en todas sus modalidades. Abarca también a todos los actores del Sistema Nacional de Educación, incluido el Subsistema de Educación Intercultural Bilingüe, el Bachillerato Técnico y Técnico Productivo.

Para la aprobación del uso progresivo de las instalaciones educativas, estas deberán cumplir con lo siguiente:

  • Las instituciones educativas de sostenimiento fiscal, previo a la presentación del plan de continuidad educativa al Distrito Educativo, deberán contar con un acuerdo expreso y voluntario entre los directivos, docentes, estudiantes y sus representantes legales.

Las instituciones educativas particulares, fiscomisionales y municipales podrán presentar el acuerdo expreso y voluntario con los representantes legales de los estudiantes para el uso alternado y progresivo de las instalaciones educativas, luego de haber requerido la aprobación de su plan piloto a la autoridad territorial o COE competente.

  • Todas las instituciones educativas, independientemente de su sostenimiento, oferta o modalidad deberán garantizar a las familias que no opten por el uso progresivo de las instalaciones, mantener los estándares y condiciones del servicio prestado en la Fase 1 ‘Aprendamos Juntos en casa’.
  • Todas las instituciones educativas, independientemente de su sostenimiento, oferta o modalidad deberán aplicar el Protocolo de Autocuidado e Higiene realizado por el órgano competente.

Vigencia

Estos lineamientos estarán vigentes hasta que las autoridades competentes declaren superada la emergencia sanitaria producida por la pandemia de COVID-19 en el territorio ecuatoriano.

Cabe señalar, que las disposiciones son de aplicación obligatoria en todas las Instituciones educativas fiscales, fiscomisionales, municipales y particulares del Sistema Nacional de Educación; en todas las modalidades educativas vigentes; para todas las instancias del Ministerio de Educación, tanto del Nivel Central como de sus unidades administrativas desconcentradas; y para la comunidad educativa en general.