Empleadas domésticas suspendidas o trabajan puertas a dentro durante la emergencia sanitaria por Covid-19

Agencias de colocación de trabajadoras del hogar remuneradas no laboran estos días. FOTO: El Comercio
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La situación de las trabajadoras remuneradas del hogar es compleja en medio de la emergencia sanitaria que mantiene al país en estado de excepción, ya que no todas cuentan con un contrato laboral.

Punto Noticias:Para quienes sí tienen una relación laboral formal, los empleadores optaron por aplicar la suspensión o el trabajo puertas adentro, según la Unión Nacional de Trabajadoras Remuneradas del Hogar (Untrh), que representa a empleadas que están bajo relación de dependencia y son afiliadas a la seguridad social.

En Guayaquil, por ejemplo, unas 150 domésticas están en jornada suspendida y sus empleadores garantizan el pago de la remuneración durante los días sin actividad, asegura Marianela Viteri, representante del gremio.

No obstante, anota que esa no es la suerte que corren todas las empleadas domésticas, ya sea que cuenten o no con un contrato que las ampare. La Unión conoce de situaciones donde las trabajadoras son suspendidas, debido a la emergencia sanitaria, pero sus jefes no piensan pagarles por el tiempo que no trabajarán y tampoco garantizan que volverán a solicitar sus servicios, una vez que termine el estado de excepción, cuenta Lenny Quiroz, secretaria de la organización.

El Acuerdo 077 emitido por el Ministerio de Trabajo, el pasado 15 de marzo, señala que la suspensión de emergencia, por un lado, no implica la finalización de la relación laboral.

Por otro lado, la norma establece que el empleador, cuando la situación se normalice y la actividad se reactive, puede determinar la forma como se recuperará el tiempo; si el trabajador no se acoge a la recuperación no recibirá el pago de su remuneración o tendrá que devolver los valores que se cancelaron como sueldo durante la suspensión. La paralización de emergencia de la jornada podrá durar mientras permanezca la emergencia sanitaria, con un máximo de tres meses.

No se pierde ningún beneficio laboral, se mantiene el salario, fondos de reserva y más, explicó el ministro de Trabajo, Luis Poveda. Según el Acuerdo Ministerial, el tiempo no laborado se recuperará hasta por tres horas adicionales de lunes a viernes, y hasta cuatro horas los días sábados. Esto no implica pago de horas suplementarias ni extraordinarias.

Paúl Cáceres, abogado laboral, enfatiza en que no hay sustento legal para que los empleadores dejen de pagar las remuneraciones de sus empleados, aunque sus actividades se hayan visto frenadas por la emergencia del coronavirus. Hacer esto, dice el experto, viola los derechos de los trabajadores, ya sea que se trate de una empleada doméstica o de cualquier trabajador de otra área que se encuentre en las mismas circunstancias.

Las representantes de la Unión de Trabajadoras también hablaron de mujeres que laboran en jornada reducida, antes de que se inicie el toque de queda. Pero desde que la restricción empezó a las 14:00, más de una ha suspendido sus tareas y otras han sido despedidas, aunque aún no tienen un balance global.

Las que laboraron menos tiempo también podrán ver reducidos sus ingresos, puesto que la norma señala que el salario será en función de las horas efectivamente trabajadas. Proporcionalmente, todo se reduce bajo esta modalidad: fondos de reserva, décimos, excepto los aportes al IESS que se hacen sobre la jornada completa. El Código de Trabajo permite bajar la jornada de 40 a 30 horas semanales. Eso implica una reducción del 25% del salario.

En cuanto a las vacaciones, el Ministerio aclaró que el empleador no puede obligar a sus colaboradores a tomarlas durante la emergencia. Pero si las partes llegan a un consenso el acuerdo es válido.

Para el registro de la reducción, modificación o suspensión de la jornada laboral, los empleadores deben llenar un formulario que está disponible en la plataforma web del Sistema Único de Trabajo (SUT). El Director Regional del Trabajo y Servicio Público emitirá una autorización electrónica. Según datos del Ministerio de Trabajo, desde que rige el estado de excepción y hasta ayer, 78 576 trabajadores se encuentran en jornada suspendida, 32 884 laboran menos horas y 295 686 personas están bajo la modalidad de teletrabajo. En este período se han receptado 431 denuncias por despido intempestivo, no pago de liquidación, por obligar a tomar vacaciones en la emergencia, acoso laboral, no pago de jubilación, entre otros casos. (C.D.A.)

FUENTE: El Comercio

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