El Estado no está obligado a pagar contratos petroleros a menos que el precio del crudo sobrepase los niveles mínimos: Silvana Pastor

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La experta lamentó que se hayan creado mitos sobre la contratación petrolera en Ecuador

Silvana Pastor, vicepresidenta de Gente Oil, explicó el significado de los contratos petroleros y lo que estos implican: “Hay una interpretación de que a precios de petróleo bajos, el Estado se vería perjudicado y las contratistas al tener tarifas por sobre los 30 dólares estarían siendo beneficiadas, eso es un mito”.

Detalló que si bien los contratos petroleros se negociaron en una tarifa fija, existe también un mecanismo sobre la función de la caída del crudo, en la cual el Estado siempre va a llevarse el 75% en base al margen de soberanía mínimo: “Si de esa retención que normalmente es del 25% más la cobertura de los costos de transporte y los costos asociados a los beneficios de las comunidades, les alcanza el precio le pagan a la contratista si no, no”.

Puso como ejemplo que si el precio del barril llega a los USD20, el Ecuador recibe USD16 porque le castigan por la calidad de crudo: “En 16 dólares quiere decir que la contratista una vez que que el Estado retiene el 25% y todos sus costos, recibe una tarifa de 6 dólares, quiere decir que el Estado se lleva 10 dólares. A precios de USD12 como hace una semana, el Estado se lleva los 10 y la contratista dos dólares”.

Con esa base remarcó que el Estado siempre está protegido y la contratista sigue con la obligación contractual de asumir los costos de producción que varían dependiendo del campo, riesgo, tipo de crudo, de la técnica para extraer y que oscilan entre USD16 y USD18 por barril: “Quiere decir que a la contratista le pagan USD2 o USD6, pero sigue asumiendo costos de producción”.

“Y es por eso que es beneficioso para el Estado, porque no paga costos e inversiones, mientras la contratista extrae el crudo entrega al Estado para que se comercialice y sigue recibiendo el 75% del pago de ese precio”.

Asimismo rechazó que las compañías estén por sobre el precio internacional del crudo, pues no es así. Otro tema que, dijo, se ha mitificado es que al negociar a una tarifa fija y vender a un costo menor el barril, significaría una deuda para el país: “Es incorrecto, porque el contrato dice que se acumula la diferencia entre la tarifa negociada y lo que se ha pagado, pero es un contingente no obligatorio del pago, es decir únicamente se pagará si sobrepasa los niveles mínimos de pago de las tarifas”.

“Para que un contrato con una tafia de 35 dólares se le pague completo el precio de crudo tiene que llegar a USD56. El Estado no tiene la obligación y si vence el contrato antes de que se recupere el crudo, esa deuda fenece y no genera intereses”, resaltó.

En todo caso manifestó que la expectativa es que el barril se recupere a USD30 o USD35 en la medida en que se levanten las medidas de aislamiento a escala mundial: “Lo cual sigue siendo bajo pero lo importante es que si el costo de producción del Estado oscila entre USD16 y USD18 ya permite un ingreso marginal para recuperar un poco la liquidez y pagar los costos”.

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