Ley de Movilidad Humana entró en vigencia con articulados referentes a causales de inadmisión de migrantes, según Fernando Flores

Foto: Pichincha Comunicaciones
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La autoridad migratoria que considere que los documentos presentados por el ciudadano migrante no son legítimos tendría la potestad de inadmitir su ingreso al Ecuador, agregó.

Fernando Flores, asambleísta de CREO, informó que la Ley Orgánica de Movilidad Humana ya entró en vigencia, aunque reconoció que solo faltaría unos correctivos por parte del Legislativa para imprimirse en el Registro Oficial. En ese contexto indicó que el tema central de la normativa son las causales de inadmisión de migrantes que llegan al Ecuador.

“Sin embargo los migrantes no deben preocuparse de nada porque la ley se generó buscando respetar los principios constitucionales y derechos de los extranjeros que vienen al país”.

Detalló que entre los puntos de inadmisión están:

  • Legitimidad de un documento: Si una autoridad migratoria considera que los documentos que presenta un ciudadano extranjero no son legítimos, tiene la potestad de inadmitir el ingreso de la persona al Ecuador, pero si esa persona cree que se le está violentando su derecho puede apelar a las mismas autoridades o ir llegar hasta el ámbito judicial.
  • Encontrarse registrado en el sistema por haber cometido algún delito.
  • El no haber cumplido con los tiempos legalmente establecidos para regularizarse
  • Carecer de un documento de viaje que indique que retornará a su país de origen.
  • Haber ingresado por un lugar no autorizado. Salvo los casos de personas sujetas a protección internacional.

Respecto a los ecuatorianos residentes en el exterior, el legislador resaltó que ahora entre el menaje de casa que quieren traer al Ecuador se considera a los vehículos cuyo valor llegue hasta los USD32.000, antes era de USD24.000: “Pero también pueden comprar un vehículo sin impuestos para evitarse el otro trámite”.

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