Corte Constitucional inadmitió demanda de Pérez

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La acción de protección para detener el escrutinio la presentó antes del acuerdo con el CNE y Lasso.

Punto Noticias. En la noche del viernes 12 de febrero, la Corte Constitucional (CC) comunicó que inadmitió la demanda del candidato presidencial de Pachakutik, Yaku Pérez, para detener el escrutinio en las juntas electorales provinciales, “por no cumplir con el reclamo previo como lo exigen las normas legales”.

Según la resolución de la CC, Pérez solicitó que se ordene al Consejo Nacional Electoral (CNE) que se realice el reconteo público transmitido en vivo, de cada junta receptora del voto, de las 25 juntas electorales provinciales y que se ordene la “creación de una veeduría ciudadana, respecto del sistema informático, con el fin de que este efectivamente refleje en sus resultados los datos obtenidos en el reconteo”.

Los jueces verificaron que no se adjuntó la prueba de un reclamo previo y recordaron al CNE la “importancia de observar los principios de publicidad y transparencia, establecidos en la Constitución, a fin de garantizar los derechos de participación de la ciudadanía y asegurar la confianza de la opinión pública, sin que esto signifique la suspensión o prolongación del calendario electoral”.

“Presentamos una demanda de medidas cautelares, ante la Corte Constitucional en vista de que se han violentado normas fundamentales como el Derecho de la Transparencia, derecho fundamental, garantizado por la Constitución y que va en relación con los derechos políticos que tenemos todos los ciudadanos, como es el derecho a elegir y ser elegidos y el derecho a la publicidad y transparencia, con estos antecedentes, nuestro pedido es que de manera inmediata la Corte Constitucional disponga la suspensión de los escrutinios en todas las juntas electorales, hasta que se puede realizar un conteo en las 24 provincias, voto a voto del paquete electoral y que garantice la veeduría ciudadana para controlar el sistema informático, que al parecer ahí está el fraude”, sostuvo Pérez.

Esta acción de protección fue entregada en la CC antes del acuerdo al que arribaron el CNE, Pérez y Guillermo Lasso, para el reconteo de votos.

Fuente: El Universo.

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