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Impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales

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Impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales

Los contribuyentes que ejerzan alguna actividad económica en el Distrito Metropolitano de Quito, deben estar registrados ante el Municipio y con el código otorgado por ésta entidad, deberán efectuar la declaración de impuestos de patente y 1.5 x mil sobre los activos totales, del ejercicio fiscal correspondiente.

Dirigido a personas que realizan una actividad económica dentro del Distrito Metropolitana de Quito, pudiendo ser:

  • Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y obligadas a llevar contabilidad.
  • Personas jurídicas privadas o públicas.
  • Entidades sin fines de lucro.

Requisitos Obligatorios: Impuesto sobre los activos totales

  • Estar registrados en el RAET (Registro de Actividad Económica Tributaria) – PATENTE.
  • Contar con la clave electrónica para el ingreso en el Sistema de Patentes.

Para la planificación tributaria, se requiere la tabla de vencimientos del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales a pagarse, la base de cálculo son los  estados financieros del ejercicio económico anterior, de acuerdo al Art. 34 de la Ley 006 de Control Tributario y Financiero.

 

Los plazos son los siguientes

junio activos