Quiénes heredan la jubilación del IESS si el jubilado fallece

IESS Quién hereda la pensión de un jubilado en Ecuador

Estas son las personas que pueden heredar el dinero que recibe un jubilado en caso de fallecer, jubilación del IESS heredada a terceros. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que lograron tramitar su jubilación por edad o aportaciones, empiezan a recibir un monto mensual hasta el último día de su existencia.

En caso de fallecer, el IESS permite heredar este monto mensual a un tercero, siempre y cuando se cumplan con los siguientes requisitos.

Pueden heredrla Jubilación del IESS:

  • Viudos o viudas

El esposo o esposa tiene derecho a recibir un parte de la jubilación del IESS que será del 60% (En caso de que exista grupo familiar).

  • Conviviente

Si el afiliado fallecido vivía en compañía de una persona, esta también puede heredar la jubilación, siempre y cuando se presente el acta de Unión de Hecho debidamente registrada en el Registro Civil.

  • Hijos Menores de Edad

Pueden heredar la jubilación los hijos menores de 18 años, el monto se divide por porcentaje según el número de hijos.

  • Hijos Incapacitados para Trabajar

Si el afiliado fallecido tiene hijos incapacitados para trabajar pueden heredar la jubilación, siempre y cuando sean solteros.

  • Padres

En caso de que el afiliado no tenga pareja ni hijos, sus padres pueden heredar la jubilación del IESS.

¿Cómo heredar la jubilación del IESS?

Los interesados deben reunir los requisitos según sea el caso y realizar la solicitud en línea a través de la página del IESS (www.iess.gob.ec).

Todo el trámite es en línea por lo que los requisitos deben subirse en formato PDF, la respuesta se recibirá por correo electrónico.

 

Requisitos Generales

  • Cédula de Identidad
  • Certificado de defunción del afiliado fallecido
  • Certificado bancario del beneficiario que busca heredar la jubilación
  • Certificado de matrimonio o Unión de Hecho (Según el caso)
  • Partidas de nacimiento de los hijos menores de edad

 

NOTA

En caso de que el afiliado fallecido tenga deudas pendientes con el IESS, el dinero de la jubilación primero tendrá que cubrir las deudas y luego podrá ser heredado.