los autónomos que trabajan en casa podrán deducir parte del alquiler

Hacienda lo aclara los autónomos que trabajan en casa podrán deducir parte del alquiler

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Hacienda ha salido al paso de las dudas para despejar una de las grandes incógnitas de los trabajadores por cuenta propia, que hasta ahora tenían el interrogante de si pueden o no deducirse parte del alquiler en la declaración de la Renta si trabajan desde casa.

La respuesta es sí, aunque tiene una serie de matices que os explicaremos en este artículo.

La Dirección General de Tributos ha confirmado que aquellos profesionales autónomos que trabajen en una vivienda alquilada podrán deducirse en el IRPF la parte proporcional de la renta que corresponda al espacio destinado a su trabajo, siempre que este sea independiente y claramente diferenciado del resto del hogar.

 

Condiciones para deducir el alquiler

La resolución fue emitida el pasado 11 de julio y respondió a la consulta de una abogada que vive de alquiler y que ha destinado un 30 % de su piso al desarrollo de su actividad profesional. Tributos concluye que, en este caso, puede deducirse ese mismo porcentaje del gasto del arrendamiento en su declaración de la Renta, siempre que cumpla con los requisitos. Por tanto, una normativa fiscal que hasta ahora daba lugar a una gran variedad de interpretaciones, ahora abre las puertas de par en par a aquellos autónomos que quieran beneficiarse.

Por tanto, el criterio que establece Hacienda es que solo se podrá deducir el alquiler si la parte del domicilio dedicada a la actividad profesional se puede considerar como un espacio «susceptible de aprovechamiento separado e independiente del resto”. Es decir, tiene que existir una clara separación entre el despacho o sala de trabajo y el resto de la vivienda. Por tanto, si se trabaja desde la habitación personal, desde el salón o incluso desde el sofá, no podrá aplicarse esta ventaja fiscal, ya que no habría una separación físicamente diferenciable con el resto del alojamiento.

Además, el gasto del alquiler debe estar correctamente reflejado en la contabilidad del autónomo y demostrado con documentos. De no ser así, la Agencia Tributaria podría denegar la deducción mediante una inspección. Hacienda exige transparencia, así que antes de nada, el profesional debe asegurarse de que pueda verificar y documentar el contrato de alquiler y un registro contable en el que se hable de qué parte del inmueble se usa para trabajar y cuál es su coste proporcional.

Por llevarlo a la práctica, si un autónomo vive de alquiler en una vivienda con 100 metros cuadrados, y tan solo 20 son usados para desempeñar su trabajo, podrá deducirse el 20 % del gasto total del alquiler en su declaración de la Renta. Pero si ese mismo espacio también se usa como habitación, salón o con fines personales, la deducción podría ser rechazada.

Es importante aclarar que la deducción no afectará solo al autónomo, sino también al propietario de la vivienda. Hacienda recuerda que si el casero alquila el inmueble y el inquilino destina una parte a su actividad profesional, el arrendador podría perder parcialmente la deducción del IRPF por alquilar una vivienda habitual. Esta ventaja fiscal puede ir desde el 50 % hasta el 90 %, en función de si el inmueble se encuentra en una zona tensionada o no, es decir, en aquellas áreas donde los precios del alquiler se han disparado.

También se diferencia la deducción de los gastos de suministros, que se rigen por un criterio propio y nada tienen que ver.

 

Preguntas frecuentes sobre la deducción del alquiler para autónomos

 

¿Cuál es el requisito principal para deducir el alquiler siendo autónomo?
La parte de la vivienda destinada a la actividad profesional debe ser un espacio susceptible de aprovechamiento separado e independiente del resto, como un despacho de uso exclusivo para trabajo.
Si trabajo en el salón o en mi habitación, ¿puedo aplicar la deducción?
No. Si el espacio de trabajo se utiliza también para fines personales (salón, dormitorio), no cumple el criterio de separación física y, por tanto, la deducción no es aplicable.}
¿Qué porcentaje del alquiler puedo deducirme?
Puedes deducir el porcentaje exacto de la vivienda que dedicas a tu actividad. Si tu despacho ocupa el 20% de la superficie total del piso, podrás deducir el 20% del coste del alquiler.
¿Qué documentación necesito para justificar la deducción?
Debes tener el contrato de alquiler y un registro contable que refleje claramente el gasto y la proporción del inmueble utilizada para la actividad profesional.