Feriados Ecuador

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Feriados 2022 Ecuador (Locales):

Evento

Fecha

Cantonización de Santa Elena

viernes 22 de enero

Provincialización de Napo

viernes 11 de febrero

Provincialización de Sucumbíos

sábado 12 de febrero (pasa al viernes 11)

Provincialización de Galápagos

viernes 18 de febrero

Fiesta de las Flores y de las Frutas

lunes 28 de febrero y martes 1 de marzo (Fiestas de Carnaval)

Provincialización de Cotopaxi

viernes 1 de abril

Fundación de Cuenca

martes 12 de abril (pasa al lunes 11)

Cantonización de La Libertad

jueves 14 de abril (pasa al viernes 15)

Cantonización de Azogues

sábado 16 de abril (pasa al viernes 15)

Cantonización de Coca

miércoles 20 de abril (pasa al viernes 22)

independencia de riobamba

jueves 21 de abril (pasa al viernes 22)

Provincializacion de El Oro

sábado 23 de abril (pasa al viernes 22)

Cantonizacion de Puyo

jueves 12 de mayo (pasa al viernes 13)

Fundación de Babahoyo

viernes 27 de mayo

Cantonización de Macas

domingo 29 de mayo (pasa al lunes 30)

Provincializacion de Imbabura

sábado 25 de junio (pasa al viernes 24)

Cantonización de Machala

sábado 25 de junio pasa al viernes 24)

Cantonización de Chone

domingo 24 de julio (pasa al lunes 25)

fundacion de guayaquil

lunes 25 de julio

Cantonización de Santo Domingo

domingo 3 de julio (pasa al lunes 4)

Provincializacion de Orellana

sábado 30 de julio (pasa al viernes 29)

Independencia de Esmeraldas

viernes 5 de agosto

Fundación de Chone

domingo 7 de agosto (pasa al lunes 8)

Fundación de Ibarra

miércoles 28 de septiembre (pasa al viernes 30)

Feriado en Mocache por el Día de la Interculturalidad

miércoles 12 de octubre

Fundación de Durán

domingo 16 de octubre (pasa al lunes 17)

Independencia de Portoviejo

martes 18 de octubre (pasa al lunes 17)

Fiestas patronales de la Virgen de la O en Chone

domingo 30 de octubre

Cantonizacion de Samborondon

lunes 31 de octubre

Provincialización de Los Ríos

jueves 6 de octubre (pasa al viernes 7)

cantonizacion de zamora

jueves 6 de octubre (pasa al viernes 7)

Cantonizacion de Quevedo

viernes 7 de octubre

Independencia de Guaranda

jueves 10 de noviembre (pasa al viernes 11)

Provincializacion de Morona Santiago

jueves 10 de noviembre (pasa al viernes 11)

Provincializacion de Pastaza

jueves 10 de noviembre (pasa al viernes 11)

Provincializacion de Zamora Chinchipe

jueves 10 de noviembre (pasa al viernes 11). (YO)

Independencia de Latacunga

viernes 11 de noviembre

Fundación de Riobamba

viernes 11 de noviembre

Independencia de Ambato

sábado 12 de noviembre (pasa al viernes 11)

Fundación de Tena

martes 15 de noviembre (pasa al lunes 14)

Independencia de Loja

viernes 18 de noviembre

Provincializacion de Carchi

sábado 19 de noviembre (pasa al viernes 18)

Provincializacion de Esmeraldas

lunes 21 de noviembre

Independencia de Azogues

viernes 4 de noviembre

Cantonización de Manta

viernes 4 de noviembre

Provincialización de Santo Domingo

domingo 6 de noviembre (pasa al lunes 7)

Provincialización de Santa Elena

lunes 8 de noviembre

Cantonización de Salinas

jueves 22 de diciembre (pasa al viernes 23)

Fundación de Quito

martes 6 de diciembre (pasa al lunes 5)

Fundación de Loja

jueves 8 de diciembre (pasa al viernes 9)

Cantonización de Baños

viernes 16 de diciembre

Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo, SRO 906, 20-12-2016.

Cuando los días feriados de descanso obligatorio a nivel nacional o local establecidos en la Ley, correspondan a los días sábados o domingos, el descanso se trasladará, respectivamente, al anterior día viernes o al posterior día lunes.

En el caso de que los días feriados nacionales y/o locales coincidan en días continuos, se aplicarán las siguientes reglas:

a) Si esos días feriados coinciden con lunes y martes, los días de descanso obligatorio no se trasladarán, igual regla se aplicará en caso de que los días de feriado coincidan con los días jueves y viernes;
b) Si los feriados coinciden con los días martes y miércoles, el día de descanso obligatorio del día miércoles pasará al lunes inmediato anterior al día martes de feriado y este último día no será objeto de traslado;
c) Si los días de feriado coinciden con los días miércoles y jueves, el día de descanso obligatorio del día miércoles se moverá al viernes inmediato siguiente, y el día jueves de feriado no será objeto de traslado;
d) Si los días feriados coinciden con los días viernes y sábado, el día de descanso obligatorio del día sábado pasará al día jueves anterior al día viernes de feriado; y,
e) Si los días feriados coinciden con los días domingo y lunes, el día de descanso obligatorio del día domingo se trasladará al día martes siguiente al día lunes de feriado.
Este es un resumen libre, no constituye asesoramiento, para cualquier aplicación o interpretación de la norma, es necesario remitirse a su su texto original.

Feriados 2021 Ecuador:

feriados

Cuando los días feriados de descanso obligatorio a nivel nacional o local establecidos en la Ley, correspondan a los días sábados o domingos, el descanso se trasladará, respectivamente, al anterior día viernes o al posterior día lunes.

En el caso de que los días feriados nacionales y/o locales coincidan en días continuos, se aplicarán las siguientes reglas:

a) Si esos días feriados coinciden con lunes y martes, los días de descanso obligatorio no se trasladarán, igual regla se aplicará en caso de que los días de feriado coincidan con los días jueves y viernes;
b) Si los feriados coinciden con los días martes y miércoles, el día de descanso obligatorio del día miércoles pasará al lunes inmediato anterior al día martes de feriado y este último día no será objeto de traslado;
c) Si los días de feriado coinciden con los días miércoles y jueves, el día de descanso obligatorio del día miércoles se moverá al viernes inmediato siguiente, y el día jueves de feriado no será objeto de traslado;
d) Si los días feriados coinciden con los días viernes y sábado, el día de descanso obligatorio del día sábado pasará al día jueves anterior al día viernes de feriado; y,
e) Si los días feriados coinciden con los días domingo y lunes, el día de descanso obligatorio del día domingo se trasladará al día martes siguiente al día lunes de feriado.
Este es un resumen libre, no constituye asesoramiento, para cualquier aplicación o interpretación de la norma, es necesario remitirse a su texto original.