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Fechas límites para la declaración de renta de personas naturales según el calendario de la Dian

A medida que se aproxima el cierre del año, los contribuyentes deben prestar especial atención a sus obligaciones fiscales. En esta ocasión, los plazos para que las personas naturales presenten la declaración de renta correspondiente al año gravable ante la Dian están programados entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Es fundamental que cada contribuyente consulte los dos últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), los cuales suelen coincidir con los de su cédula de ciudadanía, para determinar la fecha exacta en que deben presentar su declaración. De esta manera, podrán evitar posibles sanciones por incumplimiento de los plazos establecidos.

La Dian dispuso un calendario tributario específico que detalla las fechas límite para la presentación de la declaración de renta de las personas naturales. Sin embargo, es importante destacar que aquellos que ya hayan reunido todos los documentos necesarios pueden presentar su declaración antes de la fecha límite asignada.

El conocimiento de las fechas exactas es crucial para cumplir con las obligaciones tributarias de manera oportuna. Además, anticiparse a la presentación puede brindar tranquilidad y evitar la acumulación de trámites de última hora. El cumplimiento de estas obligaciones evita sanciones, al tiempo que contribuye al correcto funcionamiento del sistema tributario del país. Mantenerse informado y organizado es la clave para una gestión fiscal eficiente y sin contratiempos.

Este es el calendario de la Dian para la declaración de renta de personas naturales en agosto.

 

Últimos dígitos de NIT Fecha límite

  • 01 y 02 12 de agosto del 2024
  • 03 y 04 13 de agosto del 2024
  • 05 y 06 14 de agosto del 2024
  • 07 y 08 15 de agosto del 2024
  • 09 y 10 16 de agosto del 2024
  • 11 y 12 20 de agosto del 2024
  • 13 y 14 21 de agosto del 2024
  • 15 y 16 22 de agosto del 2024
  • 17 y 18 23 de agosto del 2024
  • 19 y 20 26 de agosto del 2024
  • 21 y 22 27 de agosto del 2024
  • 23 y 24 28 de agosto del 2024
  • 25 y 26 29 de agosto del 2024

Las multas por incumplimiento en la declaración

En 2024 los contribuyentes deben estar atentos a un cambio significativo en el orden de los vencimientos para la declaración de renta. Ahora, los primeros en cumplir con esta obligación serán aquellos cuyos números de identificación terminen en 01 y 02. Esta modificación en el calendario tributario afecta a todos los contribuyentes, quienes deberán presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024.

Es crucial tener en cuenta las fechas asignadas para evitar multas y sanciones por presentar la declaración fuera del plazo estipulado. La Dian especificó que declarar después de la fecha indicada puede resultar en sanciones equivalentes al 5% del impuesto a cargo, incrementándose cada mes que pase después de la fecha límite. Esta medida busca incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones fiscales y evitar retrasos que puedan complicar la gestión tributaria de los contribuyentes.

En el caso de que, tras realizar la declaración, no haya un monto a pagar, la sanción se calculará sobre el 0,5% de los ingresos brutos. Esta disposición permite que la penalización se ajuste a la capacidad contributiva del individuo, proporcionando un enfoque más equitativo. El artículo 639 del Estatuto Tributario establece que la sanción mínima para el año 2024 será de 471.000 pesos. Este monto debe ser considerado por todos los contribuyentes al planificar sus declaraciones para evitar incurrir en gastos adicionales que puedan impactar su economía personal.