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La resolución emitida este 28 de marzo establece el listado de materiales de construcción cuya transferencia local grava la tarifa del 5 %:
- Varilla laminada corrugada AS42 de 8mm, 10mm y 12mm de diámetro, que está en la categoría de acero de refuerzo en barras.
- Arcilla
- Arena
- Cal
- Caliza
- Pétreos
- Concreto: hormigón premezclado
- Cemento y sus derivados
- Residuo Cementero
- Materiales metálicos reciclables: chatarra ferrosa
- Morteros
- Clinker (precursor de cemento)
- Puzolana
- Yeso
- Adoquín
- Bloques
- Ladrillos
- Productos de hormigón prefabricado
La reducción del IVA para materiales de construcción se estableció en la ley para enfrentar el conflicto armado interno, la crisis social y económica.
Para la emisión de comprobantes de venta relacionados con la compra local de estos materiales de construcción, el SRI indica que los agentes de percepción del IVA deberán incluir en sus sistemas de comprobantes electrónicos el código previsto para el efecto de conformidad con las especificaciones técnicas establecidas en la Ficha Técnica de Comprobantes Electrónicos esquema Off-line, publicada en el portal web institucional.
En su resolución incluye una disposición transitoria para que los agentes de percepción de este IVA reducido al 5 % adecúen sus sistemas de comprobantes electrónicos con dichos códigos hasta el plazo de tres meses contados a partir de la publicación de este acto normativo en el Registro Oficial, “mientras tanto podrán emitir sus comprobantes electrónicos utilizando su propia codificación”.