Acuerdan sesiones permanentes entre el Ejecutivo, Asamblea y trabajadores de la salud para la aplicación de la Ley Humanitaria sobre estabilidad laboral

Quito –

En un intento por buscar una salida a la demanda de al menos 20 mil profesionales y trabajadores de la salud, la Asamblea Nacional presidida por César Litardo, instaló una comisión tripartita para entrar a revisar el reglamento a la Ley Humanitaria, que para médicos, auxiliares, enfermeras y trabajadores no garantiza su estabilidad laboral.

La reunión se instaló pasadas las 17:00 y se levantó a las 20:30 de este 26 de octubre. El compromiso es instalar desde el miércoles 28 de octubre sesiones permanentes hasta encontrar una salida, fabricar un cronograma de compromisos para aplicar el artículo 25 de la Ley Humanitaria.

En la reunión participaron los ministros de Salud, Juan Carlos Zevallos y de Trabajo, Andrés Isch; delegados de los profesionales y trabajadores de la salud; y, los asambleístas que integran una sub comisión de trabajo de la Comisión de Salud.

César Litardo explicó que la idea central es revisar el reglamento a la Ley y adaptarlo a la realidad en que se desenvuelven los médicos y trabajadores de la salud observando la Ley. Se tendrá que revisar los temas técnicos y definir los procesos paras su aplicación.

En la reunión, el ministro de Salud, Juan Carlos Zevallos, habló de la voluntad que tiene la mesa de diálogo para lograr los objetivos; a su criterio el cumplimiento de la normativa tiene que efectuarse en el marco de la legalidad y el beneficio de la Ley debe ser en igualdad de condiciones, pues ésta debe cumplirse como corresponde, afirmó.

En cambio, el ministro de Trabajo, Andrés Ish, recalcó que para cualquier decisión que se tome debe partir de una planificación que desde lo financiero, presupuestario y lo legales; ese es el norte que debemos tener claro para lograr los acuerdos, señaló.

Rosa Argudo, presidenta de la Confederación de Trabajadores de la Salud del IESS, resaltó que en el marco de la vigencia de de la Ley Humanitaria se produjeron desvinculaciones del personal; y dijo que la gente trabaja con el afán de lograr la estabilidad laboral, e insistió que se aplique el artículo 25 de la Ley Humanitaria.

Reclamos de profesionales y trabajadores de la salud

Los profesionales y trabajadores de la salud reclaman la derogatoria de los artículos 10 y 40 del reglamento a la Ley Humanitaria que dosifica y condiciona la aplicación del artículo 25 de la Ley, respecto al nombramiento definitivo de los profesionales y trabajadores de la salud que hayan trabajado durante la emergencia sanitaria del coronavirus COVID-19.

El artículo 25 de la Ley apuntaba a todos el personal de salud que laboró en la emergencia y que tenía un contrato ocasional o nombramiento provisional en cualquier cargo en algún centro de atención sanitaria de la Red Integral Pública de Salud (RIPS) y sus respectivas redes complementarias, previo el concurso de méritos y oposición, se los declarará ganadores del respectivo concurso público, y en consecuencia se procederá con el otorgamiento inmediato del nombramiento definitivo.

Pero, el Ejecutivo en el reglamento a la Ley incluye dos artículos el 10 y 40, donde condiciona la aplicación del artículo 25, pues los nombramientos definitivos y los subsistemas de la Red Integral Pública de Salud, deberán definir las necesidades del contingente de talento humano de acuerdo con la planificación territorial, criterios técnicos y racionalización del personal requerido en los establecimientos de salud.

Que los recursos de méritos y oposición se ejecutarán de manera paulatina por fases siempre y cuando la necesidad de profesionales y trabajadores de la salud se respalde en la planificación del talento humano que debe ser validada y consolidada por el Ministerio de Salud y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), entre otros aspectos.

Además, en la disposición transitoria novena de la Ley, determina un plazo máximo de seis meses (vence en diciembre), para que se realicen los concursos públicos de méritos y oposición para otorgar los nombramientos definitivos a los trabajadores y profesionales de la salud que hayan trabajado durante la emergencia sanitaria del coronavirus COVID-19, en cualquier centro de atención sanitaria de la Red Integral Pública de Salud (RIPS).

Los condicionantes establecidos en el reglamento llevaron a los trabajadores y profesionales de la salud a protagonizar dos movilizaciones nacionales que demandan que los artículos 10 y 40 del reglamento sean derogados y se aplique lo que establece el artículo 25 y disposición transitoria de la Ley humanitaria. (I)