CNE niega peticiones de aclaración a dos movimientos políticos sobre el proceso de revisión de su inscripción en el registro electoral

Quito –

El pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), inadmitió y negó los pedidos de corrección presentados por los representantes legales de los movimientos Fuerza Compromiso Social y Libertad es Pueblo, sobre la decisión de continuar con el proceso de revisión administrativa para su inscripción en los registros electorales.

En el caso del movimiento Fuerza Compromiso Social, el CNE en sesión extraordinaria de este 16 de agosto, determinó que la petición interpuesta por Vanessa Freire, presidenta nacional de la organización fue presentada por fuera del plazo de dos días; por lo tanto, resulta extemporánea y consecuentemente se inadmitió la solicitud.

Por extemporánea el @cnegobec inadmite la petición de revisión presentada por @VanessaFreireV5 del movimiento #FuerzaCompromisoSocial a la resolución del 11 de agosto, respecto a la revisión administrativa sobre su inscripción en los registros electorales. pic.twitter.com/kWVc0cL7BM

— El Universo (@eluniversocom) August 17, 2020

Respecto al movimiento Libertad es pueblo lista 9, se negó la petición planteada por Gary Moreno, representante de la organización política, en razón de que no existe duda en el alcance de la resolución emitida por el CNE, tomada el 11de agosto pasado, pues aclara que se garantizó el derecho al debido proceso y legítima defensa de la organización.

Con esta decisión, el CNE ratificó la resolución No. PLE-CNE-7-11-8-2020, donde se resolvió iniciar un periodo de prueba de 30 días, para que se valide los elementos probatorios de los movimientos Fuerza Compromiso Social, Podemos, Justicia Social y Libertad es Pueblo.

Se estableció que para el debido proceso, se remitirá el expediente a la Coordinación Nacional Técnica de Participación Política, la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas y la Coordinación Nacional de Seguridad Informática y Proyectos Tecnológicos Electorales del CNE, para que emitan un informe técnico suscrito en conjunto, con la documentación debidamente certificada, con el respectivo análisis y recomendación expresa para conocimiento y resolución del pleno.

La Secretaría General del CNE elaborará un expediente físico y digital para los cuatro movimientos con la finalidad que se mantenga un registro, custodia y un manejo de la información documental recibida por las organizaciones políticas, y de la pruebas que se generen dentro de la tramitación, para la elaboración del informe correspondiente y que será puesto en conocimiento del pleno. (I)