Lenín Moreno delega a la Secretaría General de la Presidencia varias de sus funciones

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El Jefe de Estado vía Decreto Ejecutivo, con fecha 21 de mayo de 2020, dispone la representación legal de la Presidencia del Ecuador a la Secretaría General.

Punto Noticias:En el decreto se establece, la representación legal y autoridad nominadora de la Presidencia del Ecuador, sobre personal y funcionarios de esa entidad.

🔴#ATENCIÓN | Vía Decreto Ejecutivo con fecha 21 de mayo de 2020, el Jefe de Estado, @Lenin Moreno delega varias de sus funciones al Secretario General de la Presidencia. Entre otros puntos, dispone la representación legal de esta entidad. ⬇️ pic.twitter.com/SGVSvS7Ayl

— Pichincha Comunicaciones (@pichinchauniver) May 24, 2020

En el escrito se solicita derogar el Decreto Ejecutivo No. 395 publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 248 (24 de mayo de 2018), en el que se establece reorganizar la institucionalidad de la Presidencia de la República y todas sus reformas, la misma que contará con las siguientes Secretarias:

  1. Secretaria General de la Presidencia de la República;
  2. Secretaria General Jurídica de la Presidencia de la República;
  3. Secretaria General de Gabinete de la Presidencia de la República; y,
  4. Secretaria General de Comunicación de la Presidencia de la República.

La máxima autoridad de cada una de estas Secretarías tendrá el rango de Ministro de Estado.

Las atribuciones de la Secretaría General de la Presidencia de la República serán las siguientes:

  • Ejercer la representación legal de la Presidencia;
  • Participar como miembro pleno del Gabinete Presidencial;
  • Ejercer la autoridad nominadora de la Presidencia;
  • Delegar las responsabilidades y atribuciones pertinentes para la buena marcha de

    la institución;
  • Dirigir, coordinar, supervisar y controlar la adecuada ejecución de la Agenda

    Presidencial;
  • Dirigir, coordinar, supervisar y controlar todos los asuntos del Despacho Presidencial;
  • Dirigir, coordinar, supervisar y controlar los asuntos logísticos y protocolarios

    del Presidente, a nivel nacional e internacional;
  • Dirigir la gestión administrativa, financiera e institucional de la Presidencia;
  • Aprobar el presupuesto y el plan anual de contrataciones de la Presidencia;
  • Dirigir, coordinar, supervisar y controlar la gestión de la administración del

    Palacio de Carondelet;
  • Coordinar con la Casa Militar Presidencial las acciones necesarias y oportunas

    para garantizar la seguridad del Primer Mandatario;
  • Autorizar a las entidades de la Función Ejecutiva la realización de eventos en

    espacios privados; así como los viajes al exterior, vacaciones, licencias, con y sin

    remuneración, permisos y demás autorizaciones requeridas por las máximas autoridades de las entidades que conforman la Función Ejecutiva;
  • Asesorar y asistir al Presidente de la República en materia de administración pública;
  • Emitir lineamientos generales para la efectiva gestión de la administración bajo las políticas rectoras que disponga el Presidente de la República;
  • Dirigir y coordinar las acciones necesarias para la gestión de gobierno abierto;
  • Dirigir, regular, controlar y gestionar el archivo intermedio de la Administración Pública Central;
  • Dirigir, regular, controlar, coordinar y gestionar las acciones necesarias para la implementación de la mejora regulatoria en la administración pública;
  • Analizar las propuestas de creación, modificación o supresión de entidades de la Función Ejecutiva;
  • Dirigir, coordinar, supervisar y controlar la gestión efectiva de la atención ciudadana de la Presidencia;
  • Dirigir, coordinar, supervisar y controlar la efectiva gestión cultural de la Presidencia de la República;
  • Expedir acuerdos, resoluciones y demás instrumentos necesarios dentro del ámbito de sus competencias; y,
  • Ejercer las demás atribuciones y responsabilidades que le sean asignadas por el Presidente/a de la República.

Tras la noticia emitida y replicada en redes sociales, Juan Sebastián Roldán Secretario General de Gabinete se pronunció a través de su cuenta de Twitter:

Lo que dice @diegoordonezg es lo correcto. No se delega ninguna función del Presidente sino de la Institución Presidencia. Por cierto, por la confusión que veo en algunos mensajes, yo soy Secretario Ganeral de Gabinete, no soy Secretario General de la Presidencia. https://t.co/QALVjb57wM

— Juan Sebastián Roldán (@juanseroldan) May 23, 2020

La Secretaria de Comunicación SECOM mediante un comunicado aclara que las funciones del Presidente por mandato constitucional Opiniones, son indelegables esto ante las reacciones en redes sociales con respecto al decreto ejecutivo 1066.

COMUNICADO OFICIAL |

El Gobierno Nacional rechaza los comentarios infundados y malintencionados en torno a la emisión del Decreto Ejecutivo N° 1066, que buscan confundir a la ciudadanía. Por mandato constitucional, las funciones del Primer Mandatario no son delegables. pic.twitter.com/3YkUd8MhBW

— Comunicación Ecuador (@ComunicacionEc) May 24, 2020

Tras la difusión del decreto y varias reacciones en redes sociales, Secom señala que las funciones del Jefe de Estado no son delegables por mandato constitucional.

#ATENCIÓN 📢 El Presidente @Lenin Moreno vía decreto ejecutivo con fecha 21 de mayo de 2020 delega todas sus funciones a la Secretaría General pic.twitter.com/Xkn8YERhx0

— Periodismo de Investigación (@Pinvestigacion3) May 23, 2020

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