El ex presidente Abdalá Bucaram busca que se revise su medida cautelar en el caso por delincuencia organizada

Quito –

El 17 de diciembre próximo, Bryan Pérez y el ex presidente Abdalá Bucaram Ortíz, ambos procesados en la causa por delincuencia organizada, enfrentarán una audiencia en la que se resolverán sus pedidos de revisión de la medida cautelar que pesa sobre ellos. Bucaram mantiene una orden de arresto domiciliario, mientras que Pérez tiene prohibición de salida del país y debe presentarse periódicamente.

Bryan Pérez junto al israelí Sheinman Oren, la peruana Isabel M. y la ecuatoriana Verónica A. fueron vinculados, el 12 de noviembre último, a la instrucción fiscal por el delito de delincuencia organizada en el que eran procesados el ex mandatario, su hijo mayor, Jacobo Bucaram Pulley; y los agentes de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) de Quito, Leandro B., Samuel S. y Clever A.

Este caso inició la madrugada del 13 de agosto pasado contra Bucaram Ortíz y los tres agentes de la AMT, pero a los 90 días de instrucción fiscal ordenados se le sumaron 30 días más de investigación cuando, el 26 de septiembre pasado, se vinculó al proceso penal a Bucaram Pulley, quien fue expulsado de Colombia hacia Ecuador por temas migratorios.

El domingo pasado se cumplieron los 120 días de instrucción fiscal en esta causa en la que se analiza la participación de los nueve procesados en un «grupo estructurado para planificar actividades delictivas» en Quito y Guayaquil, entre noviembre de 2019 y agosto de 2020″, según la acusación de Fiscalía. La delincuencia organizada que se investiga estaría relacionada con la venta irregular de insumos médicos durante la emergencia sanitaria por el COVID-19.

El aspecto legal del proceso penal contra Bucaram Ortíz se vería interrumpido, pues el 8 de diciembre pasado la presidenta del Consejo Nacional Electoral dio a conocer que estaba en firme la candidatura a asambleísta del exmandatario, luego de que se permitió la participación de la lista de candidaturas a asambleístas nacionales, auspiciados por el partido Fuerza Ecuador (FE).

Una vez confirmada su participación electoral, el exmandatario no podrá ser procesado penalmente, según el artículo 108 del Código de la Democracia, que establece que los candidatos «no podrán ser privados de la libertad ni procesados penalmente desde el momento de la calificación hasta la proclamación de resultados ni enjuiciados, salvo los casos de delito flagrante, delitos sexuales, violencia de género e intrafamiliar. Proclamados los resultados podrán activarse procesos penales​ ​contra ellos, y solo los candidatos​ ganadores gozarán de fuero de Corte, excepto en delitos de violencia intrafamiliar que no se reconoce fuero alguno». (I)