Convenio para Eliminar la Doble Imposición Fiscal

Ecuador y Reino Unido Ratifican Convenio para Eliminar la Doble Imposición Fiscal

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El Gobierno de Ecuador y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte han firmado un convenio con el objetivo de eliminar la doble imposición fiscal sobre la renta y las ganancias de capital, y prevenir la evasión y elusión fiscal. Este acuerdo tiene importantes implicaciones para las empresas y personas que realizan actividades en ambos países.

¿Qué es la doble imposición?

La doble imposición ocurre cuando una misma renta o ganancia es gravada en dos jurisdicciones fiscales distintas. Por ejemplo, si una empresa ecuatoriana obtiene ingresos en el Reino Unido, estos podrían ser gravados tanto en el Reino Unido como en Ecuador, lo que genera una carga tributaria excesiva.

 

Objetivos del Convenio

  1. Evitar la doble imposición: Garantiza que los impuestos sobre la renta y las ganancias de capital sean aplicados en uno solo de los dos países.
  2. Prevenir la evasión fiscal: Establece mecanismos de cooperación y de intercambio de información entre las administraciones tributarias.
  3. Fomentar el comercio y la inversión: Reduce la incertidumbre fiscal para inversionistas y empresas que operan en ambos países.

 

Principales Aspectos del Convenio

  • Aplicación a Impuestos Específicos: En el caso de Ecuador, aplica al Impuesto sobre la Renta, y en el Reino Unido a los impuestos sobre la renta, sociedades y ganancias de capital.
  • Tratamiento de Dividendos, Intereses y Regalías: Se establece un límite para las retenciones en la fuente sobre estos ingresos, generalmente entre el 5% y el 15%.
  • Intercambio de Información: Permite a las autoridades tributarias compartir información fiscal relevante para garantizar el cumplimiento tributario.

 

Ratificación y Entrada en Vigor

El convenio, suscrito el 6 de agosto de 2024 en Quito, fue sometido a revisión por la Corte Constitucional del Ecuador, la cual determinó que no requería aprobación legislativa previa mediante Dictamen No. 15-24-TI/24 emitido el 8 de noviembre de 2024. Posteriormente, el documento fue remitido a la Asamblea Nacional para su conocimiento.. Según lo estipulado, el convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2025, después de su publicación en el Registro Oficial el 19 de diciembre.

 

Beneficios del Convenio

  • Reducción de Costos Fiscales: Las empresas y profesionales evitarán pagar impuestos duplicados en ambos países.
  • Seguridad Jurídica: Se brindan reglas claras sobre en qué jurisdicción se deben pagar impuestos.
  • Facilitación de Inversiones: Mejora el clima de inversión bilateral al reducir barreras fiscales.

 

¿Cómo se Implementa?

El convenio entrará en vigor una vez que ambos países completen los procedimientos legales internos. En Ecuador, las rentas y montos obtenidos se beneficiarán del convenio a partir del 1 de enero del 2025. En el Reino Unido, aplicará a impuestos retenidos desde el 1 de enero y a impuestos sobre sociedades desde el 1 de abril.

 

Implicaciones para Empresas y Personas Naturales

  • Las empresas con operaciones en ambos países podrán planificar mejor sus obligaciones fiscales.
  • Los profesionales independientes que presten servicios en uno de los dos países podrán evitar el pago duplicado de impuestos.
  • Se deben considerar las normas de residencia fiscal establecidas en el convenio para determinar dónde se deben tributar los ingresos.

 

Conclusión

Este convenio representa un gran avance para fortalecer las relaciones económicas y tributarias entre Ecuador y el Reino Unido. Facilita la inversión, reduce las barreras fiscales y mejora la cooperación internacional en materia tributaria. Empresas, inversores y profesionales deben estar atentos a su aplicación para optimizar su carga fiscal y cumplir con las obligaciones tributarias en ambas jurisdicciones.