Donde pagar tus multas ANT

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Donde pagar tus multas ANT. Realiza el pago de multas de tránsito en los siguientes puntos de recaudación que tienen convenio con la Agencia Nacional de Tránsito. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

1. Acercate a la entidad financiera de tu preferencia y realiza tu pago

Entidades en donde realizar el pago.

2. Cancela el valor de tu trámite en ventanilla

3. Acércate a la Ant a realizar tu trámite con el comprobante de pago.

Pago de multas de tránsito

El pago de la multa se realizará dentro de los diez días hábiles posteriores a la fecha de la notificación del acta de juzgamiento. En caso de mora se cancelará una multa adicional del dos por ciento (2%), sobre el valor principal, por cada mes o fracción de mes de mora hasta un máximo equivalente al cien por ciento (100%) de la multa. Estos valores si fuese necesario, se recaudarán mediante el procedimiento coactivo.

El acta de juzgamiento, cuya notificación obligatoriamente se la hará a los organismos de tránsito correspondientes, constituye título de crédito contra el conductor o el propietario del vehículo según el caso. El valor de la multa deberá cancelarse en las oficinas de recaudaciones de los organismos de tránsito provinciales de su jurisdicción, o cualquiera de los bancos autorizados para tales cobros.

Las multas activadas por la Disposición Transitoria Vigésima Tercera de la LOTTTSV, no generan interés ni reducen puntos.

Disposición Transitoria Vigésima tercera. Las contravenciones de tránsito, cometidas a partir del 7 de agosto del 2008, que se encontraren en trámite en los Juzgados correspondientes y que no hubieren sido impugnadas, se entenderán efectivamente cometidas, y por lo tanto se impondrán inmediatamente las sanciones pecuniarias correspondientes. Las boletas de citación constituirán título de crédito suficiente para que la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial realice el cobro de las multas que correspondan. En estos casos no operará prescripción alguna.

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