DGT te retire una multa por exceso de velocidad

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5 motivos que puedes alegar para que la DGT te retire una multa por exceso de velocidad

Según los datos de Unión Española de Conductores, la UECA, en España un 64% de las multas tienen como objetivo castigar a los conductores que van demasiado rápido. Evitar esa penalización tiene fácil solución, no correr más allá del límite de la vía. Sin embargo, un despiste puede tener cualquiera y, si acabas de recibir la temida carta en tu casa, buscarás la manera de evitar pagar. Es por esto que podemos recurrirla a la DGT con algunos motivos.

Podemos recurrir la multa a la DGT

En España hay ubicados por toda la red de carreteras más de 2.000 radares, fijos, móviles y de tramo, una cifra que sigue en aumento con la disposición de nuevos dispositivos que están repartidos por toda España.

De hecho, y según datos del Observatorio de Radares en España, España aumentó en un total de 2.640 radares de tráfico hasta el pasado año, por lo que es probable que en alguna ocasión nos hayan podido dar caza por exceso de velocidad.

Y es que, como tal, esta multa administrativa puede ser comunicada por la policía que haya contemplado la infracción o ser notificada mediante una carta certificada en el domicilio del propietario del vehículo, en la que la infracción también puede ser examinada por un radar. De todos modos, es verdad que podemos alegar a diversos motivos hacia la DGT para intentar eludir esa multa.

A qué nos podemos dirigir

En esas, como decimos, las multas por exceso de velocidad que nos interponen desde la DGT son una de las más comunes en España. Basta con un pequeño despiste para sobrepasar la velocidad límite de la vía y ser fichado por los diferentes radares.

Ciertamente, todos los radares tienen una característica en común, deben guardar un margen de error cuando establecen la velocidad a la circula un vehículo, y si este debe ser multado o no. Los márgenes dependen del tipo de radar, cada uno cuenta con un porcentaje que reducirá la cifra recogida.

En este caso, lo que debemos saber que como ciudadano todos los conductores tenemos pleno derecho a recurrir cualquier sanción de tráfico, si bien es verdad que perderemos automáticamente la opción del descuento del 50% en el importe de la multa.

Por esto, es importante reflexionarlo bien antes, de ahí que te indicaremos algunas situaciones para lograr recurrirla.

  • Errores de forma. Se tiene que repasar detenidamente la multa para buscar errores de forma. De este modo, el infractor se asegura de que todos los datos sean correctos: DNI, nombre, apellido y, sobre todo, identificación de los datos del vehículo.
  • Margen de error del radar. Los radares no efectúan mediciones exactas de la velocidad a la que circulan los vehículos. Para sancionar se aplican los determinados márgenes de error. Los umbrales de tolerancia también pueden fallar, en este sentido, puesto que los errores máximos permitidos de los radares de la DGT se encuentran en una franja que va desde el 3% hasta el 7%.
  • No hay dos fotos. Las denuncias por exceso de velocidad siempre van acompañadas de fotografías que avalan su imposición. La orden en relación con la aplicación de los márgenes de error exige la incorporación a la denuncia de dos fotogramas del vehículo infractor tomados en diferentes instantes. Uno mostrará una visión panorámica del vehículo y otro, su placa de identificación.
  • Radar en mal estado. Puede ocurrir que ese radar que nos ha podido dar caza no cumpla con su correcto mantenimiento y puede llegar a fallar. Es de vital importancia que el dispositivo, con su cinemómetro y cabina, se revise periódicamente según el artículo 12 de la Orden ITC (3123/2010).
  • Contradicciones. Debemos revisar bien el kilómetro de la infracción y asegurarnos de que la velocidad límite de la vía coincide con la marcada como infracción por el radar.