Tabla de Impuesto a la Renta

Descarga el formulario para la proyección de Gastos Personales

El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó este martes 6 de febrero el formulario de proyección de Gastos Personales que se aplica para el año 2024. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Este formulario debe ser presentado por los trabajadores en relación de dependencia a sus empleadores, durante febrero hasta máximo el día 28 del mes. El objetivo es pagar menor Impuesto a la Renta.

El formulario está disponible en www.sri.gob.ec y lo deben presentar los trabajadores en relación de dependencia cuyos ingresos anuales sean superiores a USD 11.902,00 y que hagan uso de los gastos deducibles por vestimenta, educación, alimentación, salud (se incluye los gastos de las mascotas a cargo del trabajador), vivienda, turismo nacional, arte y cultura.

Los trabajadores en relación de dependencia podrán deducirse los gastos de sus cargas familiares; padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad, siempre que no perciban ingresos gravados y que sean dependientes del trabajador.

El SRI recuerda que en ningún caso dos o más trabajadores podrán considerar a una misma persona como carga familiar.

Monto máximo para 2024

Para el período fiscal 2024 se considera como monto máximo para la rebaja de gastos personales el valor menor entre los gastos personales declarados y el valor de la canasta básica de enero 2024 (USD 789,57) y de acuerdo con el número de cargas familiares, según el siguiente detalle:

En caso del trabajador o sus cargas familiares con discapacidad, enfermedades catastróficas, raras o huérfanas el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y, el valor de la canasta familiar básica multiplicado por cien (100).

Para los residentes de Galápagos, el valor de la canasta básica deberá ser multiplicado por el Índice de Precios al Consumidor Especial de Galápagos IPCEG de 1,803.

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