Debes saber sobre cómo declarar el impuesto a la renta
Debes saber sobre cómo declarar el impuesto a la renta. Te explicamos lo que debes saber sobre la declaración y el pago de este impuesto. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
En marzo de cada año las personas naturales deben declarar el impuesto a la renta, de acuerdo a lo que establece el calendario del Servicio de Rentas Internas (SRI). Este proceso es obligatorio para quienes realicen actividades económicas en el país, sean nacionales y extranjeros. Estas son cinco cosas que debes saber para entender cómo declarar el impuesto a la renta.
1. ¿Quiénes deben pagar este impuesto?
Las personas que deben declarar y pagar el impuesto a la renta son quienes han tenido ingresos superiores a 11.310 dólares en el 2022. Es decir, si los ingresos mensuales de una persona natural es menos de 977 dólares no tendrá que pagar este tributo.
De igual manera tienen esta obligación los empleados en relación de dependencia y personas naturales que se encuentran dentro del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE). Este es un sistema que se ha aplicado desde el 1 de enero de 2022 y que reemplazó el Régimen Impositivo Simplificado (RISE) y al Régimen de Microempresas. Esto implica un aumento en el pago de impuestos para comerciantes populares.
2. ¿Cuáles son los plazos para la declaración?
Cada declaración está ligada al noveno dígito del RUC o de la cédula del contribuyente. Las personas naturales realizan su declaración desde el 10 de marzo hasta el 28 de marzo de 2023, mientras que las sociedades comienzan el proceso el 10 de abril y terminan el 28 de abril.
Si hay un feriado nacional o un día de descanso obligatorio, la declaración del impuesto a la renta se traslada al siguiente día hábil. Sin embargo, el pago tiene que realizarse dentro del mes dispuesto por el SRI (marzo para las personas naturales y abril para sociedades).
3. ¿Cuál es la base imponible para personas con discapacidad?
Desde 2017, la Ley Orgánica de Discapacidades establece un beneficio tributario para personas que tengan una discapacidad igual o mayor al 30%. Entre estos beneficios están la exoneración del Impuesto a la renta, devolución del Iva y exoneración al impuesto a las herencias. Sin embargo, en el caso de la base imponible —ingresos gravados menos gastos deducibles—, la exoneración se aplicará proporcionalmente según el porcentaje de discapacidad del beneficiario, ya que dependiendo de ello los rubros de este descuento aumentan.
Esta exoneración se encuentra dividida en 4 categorías. Primero, si el grado de discapacidad se encuentra del 30% al 49%, el descuento será de 60%. Cuando es de un 50% al 74% de discapacidad, el beneficio es de 70%.
Hay un descuento del 80% si existe un 75% al 84% de discapacidad. Finalmente, en casos de un 85% al 100% de discapacidad, la persona natural tendrá un 100% de descuento. Es decir, se la exime de esta responsabilidad tributaria.
4. ¿Cómo funcionan los descuentos de los gastos proyectados para el Impuesto a la Renta?
Después de la aprobación de la reforma tributaria de 2021 —con la que se eliminó la deducción de los gastos personales que equivalían a un descuento al pagar este impuesto— se estableció otra forma de descuento tomando en cuenta los gastos personales. Estos pueden ser del 10% o del 20%, según el ingreso de cada contribuyente, y solo se toma en cuenta gastos en los siguientes rubros:
Vivienda: Que incluye préstamos hipotecarios, mantenimiento de la casa, pago de arriendo, consumos de servicios básicos, gastos por compra de una vivienda, pago de alícuotas o condominios.
Alimentación: Comida preparada o alimentos (que no sean para mascotas) con sus respectivas facturas de restaurantes o supermercados. En el caso de ser bebidas, todas son aceptadas excepto bebidas alcohólicas. También aplica para el pago de pensiones alimenticias.
Educación: Pensión derechos de grado, útiles escolares, pagos de cuidado infantil como guarderías, uniformes, pagos de intereses por créditos educativos, transporte escolar, equipos de computación y matrículas.
En este rubro también se consideran aptos los costos de educación superior personales, del cónyuge e incluso de los hijos de cualquier edad que dependan del contribuyente.
Arte y cultura: Consumo de bienes o servicios relacionados con las artes. Como por ejemplo títeres, danza, teatro, eventos audiovisuales, pago de adquisición de instrumentos, consumo de entradas para museos, archivos y biblioteca.
Vestimenta: Ropa y zapatos. En este rubro no se consideran los accesorios.
Salud: Honorarios médicos profesionales, medicina prepagada, valores no devueltos por aseguradoras, gastos con el bienestar físico y mental, insumos médicos, lentes y prótesis.
Turismo: Incluye todos los gastos por concepto de turismo dentro del territorio ecuatoriano y también pagos realizados en establecimientos registrados.
5. ¿ Cómo pagar el Impuesto a la Renta?
Existen 5 formas de pagar
1. Pago en línea
a. Ingresa a www.sri.gob.ec
Sistema Online
b. Selecciona la opción «SRI en Línea» con tu número de identificación y clave.
c. Accede al menú Pagos. Dale clic a la opción: «Pago en línea» y luego a “Pago de obligaciones”.
d. Selecciona la o las obligaciones a pagar.
e. Escoge las formas de pago. Puedes seleccionar saldos desmaterializados —un saldo o anotación electrónica que el SRI acredita en la cuenta virtual del contribuyente— y/o medios electrónicos e ingrese el valor a pagar.
f. Confirma el registro y la aceptación de responsabilidad.
2. Convenio de débito
Para que los valores sean debitados, el contribuyente debe registrar su cuenta bancaria.
1) Ingresa a www.sri.gob.ec. Dale clic a la opción «SRI en Línea» con tu número de identificación y clave.
2) Accede al menú Pagos, selecciona la opción: Registro convenio de débito bancario.
3) Registra la información requerida.
4) Confirma el registro y la aceptación de responsabilidad.
3. Botón web
Servicio otorgado por instituciones financieras para un pago de impuesto rápido y seguro.
Sistema Online
Las instituciones que tienen la opción de pago de declaraciones son:
- Banco Bolivariano
- Banco de Guayaquil
- Bancocracia Internacional
- Banco del Pacifico
- Banco General Rumiñahui
- Banco Pichincha
- Produbanco
- Banco Amazonas
- Cooperativa El Sagrario
4. Tarjetas de crédito
El pago mediante tarjetas puede ser corriente o diferido, según las condiciones de su emisor. Si se identifican deudas pendientes, es necesario acercarse a cualquier SRI a nivel nacional.
5. Ventanillas de instituciones financieras
Para realizar la declaración de sus impuestos puede acercarse a las ventanillas autorizadas para esta transacción. Para conocer la ventanilla más cercana de acuerdo a su provincia dirigirse a este portal web: https://www.sri.gob.ec/entidades-recaudadoras
Sistema Online
Para este proceso es importante llevar impreso su Comprobante Electrónico para el Pago (CEP).