Cálculo de la indemnización por excedencia laboral

Cuánto reciben por indemnización los empleados de las empresas públicas bajo contrato colectivo

¿Cuánto reciben por indemnización los empleados de las empresas públicas bajo contrato colectivo?. CNEL, Celec, CNT y Petroecuador tienen contratos colectivos que garantizan la estabilidad de los trabajadores y altas indemnizaciones por despido. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Los empleados de cuatro empresas públicas de los sectores estratégicos en Ecuador están amparados por contratos colectivos que tienen fuertes candados que los protegen de caso de ser despedidos.

 

Se trata de los trabajadores de:

  • Corporación Eléctrica de Ecuador (Celec), a cargo de la generación de electricidad
  • Holding Corporación Nacional de Electricidad (CNEL), a cargo de la distribución elétrica en 10 provincias.
  • Petroecuador, la estatal petrolera.
  • Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), que provee servicios de telefonía e Internet.

La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, ha criticado los beneficios que tienen estos contratos, por los altos gastos que representan para las empresas públicas. De ahí que el pasado 11 de junio de 2024, el Ministerio emitió un reglamento que busca revisar estos contratos.

El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Richard Gómez, ha advertido que interpordrá acciones legales para impedir que el reglamento perjudique a los empleados de las entidades.

Los contratos colectivos de estas cuatro empresas públicas establecen indemnizaciones monetarias en los casos en que la empresa despida al trabajador, excepto en los casos en que los trabajadores incurran en alguna de las causales que establece el artículo 172 del Código de Trabajo:

Es decir, solo si el trabajador incurrió en alguna de estas faltas, la empresa no está obligada a pagar las indemnizaciones.

Empresas públicas dan más estabilidad que el sector privado

Las indemnizaciones de los contratos colectivos de las empresas públicas son más altas que las que establece el Código de Trabajo para los empleados del sector privado cuando son despedidos, dice el exviceministro de Trabajo, Francisco Vacas.

En caso de despido intempestivo, el trabajador del sector privado tiene derecho a recibir el equivalente a una remuneración por cada año de trabajo. La indemnización no puede exceder las 25 remuneraciones del trabajador, según el Código de Trabajo.

Pero, los empleados de los contratos colectivos de estas empresas públicas tienen indemnizaciones que pueden llegan hasta 300 salarios básicos: USD 138.000, critica el exviceministro.

Richard Gómez, dirigente sindical, argumenta que los contratos colectivos de las empresas públicas tienen cláusulas más fuertes sobre los despidos, frente al sector privado e incluso frente a servidores públicos de otras entidades, como resultado de las luchas sindicales de décadas de estos trabajadores.

Los contratos colectivos de las cuatro empresas públicas plantean estas indemnizaciones:

CNEL tiene las mejores indemnizaciones

Cambio de postes en El Oro por parte de CNEL, el 21 de mayo de 2024. CNEL

En la empresa eléctrica CNEL los trabajadores amparados en el contrato colectivo tienen una estabilidad de 8 años. Si la empresa llega a despedir a un trabajador tiene que pagar el valor equivalente a 96 remuneraciones del trabajador (ocho años) como indemnización.

Además, CNEL le debe pagar un valor adicional equivalente a tres mensualidades por cada año de estabilidad que le faltó para completar los ocho años, como compensación de los beneficios que dejará de recibir.

Pero en el caso de los dirigentes sindicales, si son despedidos no recibirán tres mensualidades por cada año faltante, sino 15.

Para Vacas es «llamativo» que el contrato de CNEL establezca la indemnización por ocho años completos y un pago extra por los años faltantes.

Hay un pronunciamiento de cumplimiento obligatorio de la Corte Nacional de Justicia, que dice que en todo contrato colectivo, la indemnización por despido debe ser por el equivalente a los años que le faltaron al trabajador para completar los años de estabilidad pactados, explica el exviceministro.

Por ejemplo, si el trabajador de CNEL tenía cinco años en la empresa, le corresponde la indemnización equivalente a tres años.

Para el cálculo de estas indemnizaciones, se toma en cuenta como parte de la remuneración mensual del trabajador el subsidio de antigüedad y familiar, así como las horas extras.

El contrato colectivo aclara que la indemnización que CNEL pague al trabajador despedido no podrá sobrepasar el equivalente a 300 salarios básicos unificados, que en 2024 equivalen a USD 138.000. Es es el tope máximo que fue establecido en el Mandato Constituyente 4, que data de 2008.

En el contrato de CNEL, además, hay un artículo que establece una indemnización para cuando el trabajador renuncia de manera voluntaria. El monto es de siete salarios básicos, que en 2024 serían USD 3.220, pero por cada año de servicio. Si trabajó 10 años, le deben pagar USD 32.200, por ejemplo.

Esto contrasta con lo que recibe un trabajador en el sector privado que renuncia voluntariamente: tiene derecho al 25% de su última remuneración por cada año de servicio.

Según Gómez, que además de ser presidente de la CUT es el secretario del comité de empresa de CNEL, la indemnización por renuncia voluntaria está permitida en el Mandato Constituyente 2.

Pero, ese Mandato deja claro que ese tipo de indemnización es solo para cuando un trabajador renuncia para acogerse a la jubilación o cuando hay supresión de puestos de servidores públicos bajo la Ley de Servicio Público (Losep), explica el exviceministro Vacas.

Sin embargo, el texto del contrato colectivo de CNEL no especifica eso.

El Mando Constituyente 8, además, dice que en las revisiones de los contratos colectivos se establecerán restricciones a todas las cláusulas en las que se consagran excesos y privilegios, tales como beneficios adicionales por retiro voluntario.

Celec otorga estabilidad indefinida

Trabajos complementarios del proyecto hidroeléctrico Toachi Pilatón, febrero de 2024.  Celec / X

El contrato colectivo de Celec establece que los empleados amparados tienen derecho a estabilidad indefinida en la empresa. Por eso, si los despiden de forma intempestiva, la empresa tiene que pagar una indemnización según el tiempo que tenía el empleado en el puesto:

  • Si la persona tenía hasta cuatro años trabajando en Celec, la indemnización será el equivalente a 200 salarios básicos unificados, que en 2024 equivalen a USD 92.000.
  • Y si el trabajador tenía más de cuatro años, la indemnización es de USD 138.000 (equivalente a 300 salarios básicos de 2024).

 

CNT da cuatro años de estabilidad

Imagen referencial de una agencia de una de las empresas públicas del Ejecutivo, CNT. Febrero de .

Imagen referencial de una agencia de una de las empresas públicas del Ejecutivo, CNT. Febrero de . PRIMICIAS.

El contrato colectivo de CNT garantiza la estabilidad laboral mínima de cuatro años a los trabajadores. Si la empresa despide a un empleado antes de ese tiempo tendrá que pagar una indemnización equivalente a 48 remuneraciones del trabajador (cuatro años).

Además, si la empresa se retrasa en los 30 días que tiene para pagar las indemnizaciones por despido deberá pagar 12 remuneraciones más al trabajador.

La indemnización que pague CNT no podrá ser superior al equivalente a 300 salarios básicos, que en 2024 sería USD 138.000.

El contrato colectivo también protege a los dirigentes sindicales, pues si los despiden, CNT debe pagarles, además de la indemnización prevista en el párrafo anterior, otras 12 remuneraciones.

Además, el contrato colectivo de CNT tiene una «disposición especial» que establece que los trabajadores que ingresen al contrato colectivo desde marzo de 2022, tendrán derecho a una indemnización adicional por despido intempestivo:

Petroecuador da estabilidad de hasta cinco años

En la estatal Petroecuador, el contrato colectivo otorga una estabilidad mínima de cinco años a los trabajadores.

Si la empresa los despide antes de ese tiempo, debe pagar una indemnización de 60 meses del salario del trabajador (cinco años)