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Cuándo son los feriados de Carnaval y Semana Santa
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Carnaval y Semana Santa en Ecuador son los próximos feriados de Carnaval, que se tendrán durante la segunda vuelta de las elecciones 2025.
Los ecuatorianos esperan los feriados de Carnaval y Semana Santa en 2025. Según el calendario de feriados de Ecuador, publicado por el Ministerio del Turismo, estos días son de descanso obligatorio.
De acuerdo con el calendario oficial, el feriado de Carnaval se extenderá por cuatro días, desde el sábado 1 hasta el martes 4 de marzo de 2025. Este feriado es una de las festividades de mayor movimiento en el país.
Después de este feriado, la siguiente jornada de descanso será por Semana Santa. El feriado Viernes Santo caerá el 18 de abril, dando inicio a un nuevo receso de tres días hasta el domingo 20 de abril.
El feriado de Viernes Santo se dará apenas cinco días después de la segunda vuelta electoral, programada para el domingo 13 de abril. En esta jornada, los ecuatorianos acudirán a las urnas para elegir al presidente del Ecuador, entre Daniel Noboa y Luisa González, que participarán en el balotaje.
Feriados en Ecuador en 2025
Ecuador cuenta con 12 días de descanso obligatorio al año, 11 nacionales y uno local. En 2025, se sumaron dos días adicionales, ya que el presidente Daniel Noboa decretó asueto el 2 y 3 de enero.
A continuación, el calendario de feriados nacionales para 2025:
- Año Nuevo: Miércoles 1 de enero
- Carnaval: Lunes 3 y martes 4 de marzo.
- Viernes Santo: Viernes 18 de abril.
- Día del Trabajo: Jueves 1 de mayo (se traslada al viernes 2).
- Batalla del Pichincha: Sábado 24 de mayo (se traslada al viernes 23).
- Primer Grito de Independencia: Domingo 10 de agosto (se traslada al lunes 11).
- Independencia de Guayaquil: Jueves 9 de octubre (se traslada al viernes 10).
- Día de los Difuntos: Domingo 2 de noviembre (se traslada al martes 4).
- Independencia de Cuenca: Lunes 3 de noviembre.
- Navidad: Jueves 25 de diciembre.
A estos feriados hay que sumarle la jornada de descanso local, como la Fundación de Quito, que se celebra 6 de diciembre.
¿Son estos feriados recuperables?
Según la Ley de Feriados, los 12 días de descanso obligatorio, tanto nacionales como locales, no son recuperables. Es decir, ni el sector público ni el privado deben compensar estas jornadas con horas adicionales de trabajo.
Los días recuperables aplican únicamente a los asuetos extraordinarios decretados por el Ejecutivo y que no forman parte del calendario oficial.
La ley también señala que, cuando un feriado coincide con un sábado o domingo, se traslada al viernes anterior o al lunes siguiente. Si cae en martes, el descanso pasa al lunes previo; y si es miércoles o jueves, el asueto se mueve al viernes de esa semana. El objetivo es tener períodos de descanso de tres o cuatro días seguidos para incentivar al turismo en el país.