Cuáles son los feriados recuperables que quedan en Ecuador

Feriados recuperables Ecuador. ¿Cuáles son los feriados recuperables que quedan en 2025 en Ecuador?. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Luego del 24 de mayo, Ecuador todavía tiene cinco feriados nacionales más.

El feriado por la Batalla de Pichincha, trasladado del sábado 24 al viernes 23 de mayo de 2025, es el quinto que los ecuatorianos viven en este año, luego del Día del Trabajo en mayo, Viernes Santo en abril, Carnaval en marzo y Año Nuevo en enero.

En Ecuador, el 24 de mayo es utilizado para que el nuevo presidente tome posesión del cargo por los siguientes cuatro años o para que rinda cuentas anualmente al país de su gestión. Ambas actividades se las ejecuta en el pleno de la Asamblea Nacional en Quito.

 

¿Qué feriados son recuperables en Ecuador?

Según la disposición general cuarta de la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), el artículo 65 del Código del Trabajo y la disposición general primera de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo, publicada en el Registro Oficial No. 906 – Suplemento del martes 20 de diciembre de 2016, en el país existen 10 feriados nacionales no recuperables.

Esto quiere decir que a los ya mencionados se suman los del Primer Grito de la Independencia trasladado al lunes 11 de agosto; la Independencia de Guayaquil trasladado al viernes 10 de octubre; la Independencia de Cuenca y el Día de los Difuntos programados para el lunes 3 y martes 4 de noviembre, respectivamente; y Navidad del jueves 25 de diciembre, no son recuperables.

La figura de recuperar los días feriados se aplica cuando se los determina a través de decretos presidenciales y salen del calendario oficial, tal como sucedió en Semana Santa.

El 11 de abril, Daniel Noboa, presidente del Ecuador, firmó el Decreto Ejecutivo 598, con la suspensión de la jornada de trabajo para el sector público como para el privado, incluyendo el jueves 17 como descanso obligatorio.

Los funcionarios públicos deberán reponer la jornada laboral según lo establezca la máxima autoridad de cada institución, mientras que las empresas privadas determinarán por su propia cuenta el mecanismo de reposición de las horas no trabajadas, detallaron.

El documento oficial justificó la extensión del feriado de Semana Santa con el objetivo de promover el turismo y fortalecer la economía local en el país, brindándole facilidades a la ciudadanía para que pueda desplazarse a distintos lugares turísticos.