Conoce los requisitos para solicitar abogado de oficio
Conoce los requisitos para solicitar abogado de oficio. Entre las eventualidades de día a día, toca enfrentar situaciones que no podemos resolver libremente, al someter nuestra libertad individual a un Estado de Derecho y Justicia, convenimos en acatar las reglas sociales de convivencia. Es cierto que aceptamos interactuar en una economía que reconoce el valor del trabajo, pero: ¿Que hacer si no puedo pagar un Abogado Defensor?. Aquí conocerás los Requisitos para solicitar Abogado de Oficio y proteger tus derechos en casi todos los ámbitos. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Las Leyes en España garantizan la protección de tus derechos, mediante la asistencia de un profesional del derecho; continúa leyendo y verás que es sencilla la gestión para gozar del beneficio de justicia gratuita y fácil de obtener los recaudos que acompañan la solicitud de representación y asistencia de Abogado.
Índice
1 Requisitos para solicitar abogado de oficio
1.1 ¿Quién puede solicitar abogado de oficio?
2 ¿Cómo solicitar abogado de oficio?
3 ¿Qué es la justicia gratuita?
4 Preguntas frecuentes
5 Sistema Online
Requisitos para solicitar abogado de oficio
Tu Abogado de oficio es el que designa el Colegio de Abogados para la defensa de tus derechos, sea tu caso de competencia civil o penal. En general, requieres una causa defendible y alegar que no cuentas con los medios económicos suficientes para pagar una defensa privada.
Si eres imputado en algún Tribunal, tienes ese derecho igual, aunque tengas una cómoda posición económica y no has elegido un defensor por tu voluntad. Esta regla es general para todas las personas naturales; pues el derecho a la defensa eficaz y oportuna es un pilar del moderno Estado de Derecho.
¿Quién puede solicitar abogado de oficio?
En principio toda persona española o extranjera en suelo español tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita, especialmente se le reconoce a los trabajadores y a los ciudadanos sujetos a los beneficios de la Seguridad Social, en el caso de enfrentar litigios sobre esta materia, que se ventilen en el orden contencioso-administrativo.
La jurisdiccional penal tendrán derecho a la defensa y representación de oficio todos los ciudadanos, aun los extranjeros, cuando acrediten falta de recursos para litigar, aunque no residan legalmente en territorio español.
En el contencioso-administrativo, los ciudadanos extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos tendrán derecho a la representación gratuita en los procedimientos de entrada, devolución o expulsión del territorio español, y en los procedimientos de asilo.
Atención especial tendrán las víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo y de trata de seres humanos. Los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato, también gozan de atención especial por su condición de indefensión.
También quienes por un accidente muestren secuelas permanentes que no los dejen totalmente ejecutar las tareas de su ocupación laboral.
Y en cuanto a las personas jurídicas, sólo las asociaciones de utilidad pública, previstas en el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y las Fundaciones inscritas en el Registro Público pueden tener asistencia gratuita.
¿Cómo solicitar abogado de oficio?
El modo de solicitarlo es simple, puedes en forma Presencial, para que completes un formulario de solicitud, adjuntando la documentación que acredite tu insuficiencia de recursos para litigar. El solicitante del derecho deberá indicar cuáles son las pretensiones cuyo reconocimiento pide.
Los formularios impresos también se facilitarán en los Servicios de Orientación Jurídica de los Colegios de Abogados, las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita y las Dependencias judiciales.
Puedes igual hacer tu Solicitud por Internet, ya que el Consejo General de la Abogacía Española tiene un portal web de Justicia Gratuita, donde es posible llenar el formulario de solicitud de justicia gratuita y comprobar que si cumples con los requisitos económicos para ejercer tu derecho a la asistencia jurídica gratuita.
¿Qué es la justicia gratuita?
La Justicia Gratuita es un derecho del ciudadano sea español o no, dentro del territorio del Reino, que le garantiza la asistencia, representación y defensa de sus derechos.
A su vez, se denomina así a la Institución de servicio público prestado por Abogados de Oficio, que te permite acceder a la justicia bajo un principio de igualdad procesal y tutela judicial efectiva.
Requisitos para solicitar Justicia Gratuita
Para abarcar un amplio campo de los beneficiados por esta Institución, te enumero en una lista de documentos a presentar, recuerda es esencial acreditar la insuficiencia de recursos. No toda la documentación de la lista es obligatoria, depende de cada caso.
Las solicitudes con los documentos, se presentan ante los Servicios de orientación jurídica del Colegio de Abogados del domicilio del solicitante, si el proceso no se hubiera iniciado.
En la página web del Ministerio de Justicia, igual te indican los documentos que deben acompañar la solicitud del beneficio, accedes a la planilla a completar y te harán la salvedad que la lista es general, aplican solo los recaudos que se ajusten a tu caso.
- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante.
- Certificado de liquidación del IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio (de toda la unidad familiar).
- Certificado de liquidación del Impuesto sobre Sociedades (en el caso de personas jurídicas).
- Fotocopia de la declaración de utilidad pública o de la inscripción en el Registro de Fundaciones (en el caso de personas jurídicas).
- Fotocopia del permiso de circulación o certificado de la Jefatura Provincial de Tráfico (sólo en caso de delitos contra la seguridad del tráfico).
- Certificado de signos externos del Ayuntamiento donde radica el domicilio.
- Fotocopia del libro de familia.
- Certificado de empadronamiento.
- De empresa de conceptos salariales.
- Certificado del periodo de desempleo y percepción de subsidios.
- Fotocopia del contrato de arrendamiento de la vivienda habitual, o, en su caso, copia del recibo mensual.
- Fotocopias de títulos de propiedad de bienes inmuebles. Certificado de valores.
- Otros (cualquier documento que sirva para acreditar los datos alegados).
Preguntas frecuentes
¿Es totalmente gratuito el servicio del Abogado de Oficio?
Si es totalmente gratuita, salvo los derechos arancelarios que se correspondan a otorgamiento de escrituras públicas, la obtención de copias y testimonios notariales, debiéndose en este caso, pagar un 20% del monto total. Igualmente, pagar por los aranceles causados por la obtención de notas, certificaciones, asientos o inscripciones en los Registros de la Propiedad y Registros Mercantiles.
¿Qué ofrecen los Servicios de Orientación Jurídica (SOJ) de los Colegios de Abogados?
Los Servicios de Orientación Jurídica de los Colegios de Abogados están s encargados de orientar a los solicitantes de asistencia jurídica gratuita. Así como, informar sobre los requisitos necesarios para el reconocimiento de dicho derecho.
¿Qué ventajas obtengo con el Expediente Electrónico de Justicia Gratuita de la Abogacía?
Las solicitudes autorizadas por el ciudadano por medio del Expediente Electrónico de Justicia Gratuita brindan transparencia en la gestión, minimizan los errores del expediente administrativo, reduce los costos y plazos de tramitación hasta en 40 días.
¿A donde recurrir si el Colegio de Abogados no me designa abogado de oficio?
Debes recurrir a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de tu localidad, dependiente de la Administración estatal o autonómica, para que oficialmente le solicite al Colegio de Abogados la designación (provisional) de un Abogado de oficio.
¿Si pierdo la confianza en mi Abogado de oficio, puedo solicitar que se me designe otro?
Presenta una solicitud de cambio de Abogado, la tienes que llevar ante el Colegio profesional que hubiera realizado la designación. El Colegio en un plazo aproximado de quince (15) días resuelve la solicitud mediante un pronunciamiento motivado.
Si falta algún documento, ¿existe plazo de subsanación?
Sí, cuando el solicitante acude al SOJ a entregar la documentación y el tramitador del SOJ constata que falta algún documento, le concede un plazo máximo de diez (10) días para aportarlo. Si el solicitante no aportase la documentación requerida, se archiva el expediente.
Si quiero recurrir la sentencia ¿tengo que volver a solicitar asistencia Jurídica Gratuita?
No debes recurrir a solicitar nueva designación, si esta se produce dentro de los dos años siguientes a la terminación de la instancia. La asistencia jurídica gratuita tendrá efecto hasta la terminación del proceso en la instancia judicial de que se trate (primera instancia y apelación) y también obra en la ejecución de las sentencias.
Estamos sujetos a los imprevistos del día a día, no siempre podemos resolver los conflictos con mediación o racionalidad, cuando requerimos ayuda legal profesional y no tenemos los recursos económicos necesarios, podemos cumplidos los Requisitos para solicitar Abogado de Oficio, afrontar con seguridad y confianza lo tardío y agitado de un proceso judicial; seamos Víctima, Demandado o Imputado.
Siempre es preferible contar con un Abogado de Confianza, son tu escudo de protección ante la injusticia y tu espada para defenderte o proteger tus derechos. Seguro estamos que conseguiste la información precisa en esta página sobre el tema.