Formulario 347

Conoce cómo descargar y rellenar el Formulario 347

Completar Formulario 347. Conoce cómo descargar y rellenar el Formulario 347. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

Lo que se conoce como el Formulario 347, se puede definir como una declaración que se relaciona directamente con las operaciones a terceras personas.

Puede que en otras definiciones podemos describirlo como un modelo utilizado para informar sobre algún tema relacionado a las agencias tributarias estatales.

Si tienes curiosidad acerca de este documento o te encuentras en la necesidad de obtenerlo, ¡Te recomiendo que leas este artículo en su totalidad!

En él nos encargaremos de hablar acerca de todo lo relacionado a este tema, para que puedas realizar el proceso de solicitud sin problemas.

¿Qué esperas? ¡Vamos a comenzar con el artículo!

mpfr

 

Índice

¿Qué es el Formulario 347?

El Formulario 347, en España se puede definir como una herramienta que les permite a los usuarios obtener la declaración de operaciones con lo que se conoce como “Terceras Personas”.

Este es un formulario totalmente informativo, es por esta razón que realmente no implica ningún tipo de pago derivado a él.

Este es un documento que deberá presentarse obligatoriamente al momento de realizar operaciones, estas pueden ser tanto con clientes como con proveedores, pero que sean superiores a los 3.005,06 euros.

Sin embargo, existen excepciones con respecto a la presentación del Formulario 347, entonces, las características que deben tener las personas para poder quedar exentas de la presentación de este documento, son las siguientes:

  • Aquellas personas que sean tanto naturales como jurídicas que se encuentren realizando algún tipo de actividad comercial en el territorio de España, que no posea ninguna sede, domicilio fiscal o un establecimiento permanente.
  • También deberá quedar exenta aquella entidad que se encuentre acogida a un régimen de atribución de rentas elaboradas, países extranjeros y que claramente no se encuentren dentro del territorio español.
  • Aquellos trabajadores autónomos, Pymes y profesionales que posean clientes considerados “Intracomunitarios”.
  • Todas las compañías o personas que deban realizar el tributo al Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas por módulos. Esto es por medio de algunos regímenes IVA, los cuales pueden ser agricultura, simplificado, pesca, recargo de equivalencia, y ganadería.

Nota: Aquellas operaciones consideradas derivadas de la aplicación de los regímenes que hemos mencionado y emiten facturas quedan exceptuados.

  • Todos los trabajadores que sean profesionales y autónomos que deban notificar acerca de las actividades que hayan sido incluidas en los libros de registros tanto de IGIC como de IVA.

Nota: Para esto también se incluye el modelo o Formulario número 340.

  • Finalmente, podemos exceptuar de la declaración de este Formulario 347, a los ciudadanos o habitantes que no hayan realizado ningún tipo de actividad mayor a los 3005,06 euros.

¿Cuándo hay que presentar el Formulario 347?

mpfr

Todas aquellas personas que se encuentren obligadas a presentar este Formulario 347, deberán realizar la declaración en los primeros días correspondientes al mes de febrero.

Es importante saber que esta declaración deberá contener todas aquellas actividades que se encuentren registradas en el año anterior.

Este plazo, podrá ser extendido a todo el mes de febrero en caso de presentar una justificación.

Descargar Formulario 347

mpfr

Para poder realizar la descarga correspondiente al Formulario 347, es importante saber que sólo podrás descargar un resguardo. Esta descarga podrá ser realizada una vez que se haya llevado a cabo la presentación del documento por el medio telemático.

¿Cómo rellenar el Formulario 347?

El cumplimiento o llenado de este Formulario 347, brinda el suministro de los datos que mencionaremos a continuación:

  • Información personal correspondiente a la persona solicitante.
  • Aquellos datos detallados de los distintos trabajadores autónomos y de las empresas en cuestión.

Entonces, una vez que sepas esto, los pasos que debes realizar para poder llenar el Formulario 347 de manera correcta, son los siguientes:

  • Lo primero que debes hacer es ingresar a la página web de la Agencia Tributaria, para esto, puedes hacer clic acá  y en ella presentar el formulario.

Sistema Online

CLIC AQUÍ

sistema

  • Puedes elegir la presentación que más se adapte a tus capacidades, e ingresa al sistema haciendo uso de tu documento de identidad electrónico, tu Certificado electrónico o tu Cl@ve.
  • Al ingresar, puedes seleccionar la opción que desees, ya sea la nueva declaración, importar el fichero con formato Boletín Oficial del Estado, o la carga del fichero con formato SES.
  • Posteriormente, deberás llenar todos los datos que son solicitados por el formulario.
  • Ahora, deberás validar la declaración y así revisar si existen errores en la información que se haya suministrado en este formulario.
  • Finalmente, deberás firmar y realizar el envío de esta presentación.

Una vez que hayas realizado esta serie de pasos que resulta bastante sencillos, podrás descargar el resguardo perteneciente a este Formulario 347.

Operaciones con terceras personas

mpfr

Lo que se conoce como la declaración con terceras personas de acuerdo a las cuales se realiza la declaración de este Formulario 347, deberá superar los 3.005,06 euros.

Entonces, estas operaciones deberán tener las siguientes características:

  • Compras y ventas de servicios y bienes. En este aspecto se incluyen tanto aquellas que se encuentran sujetas al IVA como las que no. Así como aquellas que se pueden derivar de actividades de tipo empresarial o profesional que provengan de establecimientos social, privados o comunidad de propietarios.
  • Aquellas actividades inmobiliarias.
  • Las ayudas o subvenciones que no sean reembolsables.
  • Anticipos a los distintos proveedores y clientes.
  • Actividades que se derivan de entidades aseguradoras.
  • Cualquier arrendamiento que no se encuentre sujeto a alguna retención.

Preguntas frecuentes

Existen algunas preguntas que llenan la cabeza delos usuarios a la hora de leer información acerca del Formulario 347. Así que para poder finalizar este artículo de manera correcta, nos encargaremos de responder a cada una de ellas.

¿Cuál es el momento más ideal para poder hacer la presentación de este Formulario 347?

Este año (2020)  deberá ser realizada la presentación de este documento a partir del mes de febrero hasta el día dos de marzo.

¿Qué puedo hacer si mi cifra del Formulario 347 no tiene congruencia?

En caso de que tu cifra de operaciones no coincida con la que sea requerida para presentar este Formulario 347, no deberás presentarlo.

No obstante, si te encuentras totalmente seguro de que te encuentras en la obligación de realizar la presentación, deberás hacer una evaluación exhaustiva sobre las fechas en las que se hayan realizado las operaciones.

NOTA: Esto se debe a que puede que un cliente no haya podido registrar la operación en la fecha que se haya indicado.

¿Entre las distintas operaciones que se encuentran en este formulario, se encuentran incluidos los alquileres?

En este formulario, no se incluyen los alquileres que se encuentren sujetos ni a las retenciones del impuesto de sociedades o lo que se conoce al IRPF, como al IVA.

¿Qué personas se encuentran en la obligación de presentar este formulario?

De manera general, todos los usuarios que se encuentren en España se encuentran en la obligación de presentarlo, siempre y cuando se desempeñen en actividades tanto empresariales como profesionales y hayan realizado operaciones con respecto a otras personas o entidades.

¿Qué es un autónomo?: Se puede definir como una persona que emite facturas de acuerdo a las retenciones o clientes que se encuentren en este proceso.

¿Qué consejo puedo tomar en cuenta para poder elaborar el Formulario 347?

Lo primero es comprobar los importes, ya que todos ellos son los que deben realizar la declaración para conseguir que coincidan con la declaración de los proveedores.

¿Cómo se deberá completar el Formulario 347?

Lo primero que se debe cubrir en este formulario son los datos expuestos de manera clara y directa. Se deben introducir los datos personales e incluir tanto los datos autónomos  como los de la empresa.

Deberán colocarse las personas o entidades encargadas de completar cada uno de los requisitos necesarios para cada faceta.

En este formulario también deberán colocarse los declarados, que pueden ser las fases en las que los alquileres puedan presenciar las marcas en relación a las opciones de los efectos.

Finalmente, tenemos la sección de “Seguros” En el cual simplemente se deberán marcar las empresas.

mpfr

Con esto, esperamos haberte llenado de toda la información que puedas necesitar para poder obtener el Formulario 347, por lo que esperamos que este artículo haya sido de gran utilidad y haya cumplido este objetivo en su máxima expresión.

Espero que puedas utilizarla para realizar tu trámite y llegar al resultado que deseas. Como puedes ver, este formulario a pesar de ser informativo, resulta bastante importante para muchos usuarios.