¿Cómo saber si tengo paro?
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Todos aquellos ciudadanos españoles que necesiten información sobre Cómo saber si tengo paro. Los invitamos a leer este interesante artículo que les dará respuesta a esta y otra serie de preguntas que tienen relación con este importante tema laboral.
Índice
¿Cómo saber si tengo Paro?
Todos aquellos ciudadanos que estén en situación de desempleados, bien sea motivado a un despido, o por que culminó su tiempo de servicio laboral están en el derecho de recibir el beneficio del paro.
Todo lo mencionado con anterioridad, se lleva a cabo mientras se cumplan una serie de condiciones como las que mencionaremos a continuación:
- Entre las condiciones primordiales para conocer si se encuentra apto para recibir el paro; es estar inscrito y dado de alta en el Sistema de Seguridad Social.
- Otra de las condiciones necesarias, es que se debe hacer aportes correspondiente a las cotizaciones por lo menos durante un año de los 6 años recientes antes de finalizar el vínculo laboral.
- Otro requisito importante es que debe haber finalizado la relación de trabajo bien sea por un despido, la culminación de cualquier contrato con la empresa, un expediente de control o disminución del trabajo.
- Cuándo sea el caso de no cumplir con la edad mínima indicada para poder recibir el beneficio correspondiente a la jubilación.
Si se logran reunir todas las condiciones indicadas con anterioridad; es posible obtener el derecho a cobrar el paro.
Requisitos
Todos aquellos requisitos que serán mencionados a continuación, se deben presentar para poder obtener la prestación por desempleo. Entre estos se encuentran los siguientes:
- Se debe disponer con el libro familiar y el documento Nacional de identidad o DNI de cada uno de los miembros que conforman el grupo familiar.
- También se debe presentar un documento donde se pueda comprobar las condiciones actuales de la situación de desempleo. Cabe destacar que este documento debe redactarlo la empresa.
- Para finalizar es necesario contar con el formulario de la solicitud; el cual es suministrado de parte de la Agencia Tributaria para el debido registro de la información.
Ahora ya sabes cuáles son los requisitos y la documentación necesarios que deben ser presentados; para llevar a cabo la solicitud y lograr obtener el paro.
Además de todo esto, es necesario cumplir con las exigencias o condiciones que han sido mencionados con anterioridad.
Pasos a seguir
En este apartado, serán mencionados todos y cada uno de los pasos necesarios que se debe llevar a cabo para lograr obtener la prestación económica por desempleo; también llamado paro. En este sentido, los pasos indicados son los siguientes:
- En primer lugar, lo que se recomienda hacer es calcular correctamente cada uno de los lapsos que establece la norma para que no se exceda el límite correspondiente.
Muchas ocasiones omitimos realizar este importante paso para llevar a cabo el proceso de solicitud. El lapso de
presentación de esta solicitud, debe ser en los quince 15 días hábiles transcurridos a partir del último día de trabajo. Es importante mencionar que los días domingos no se cuentan como días hábiles.
- El siguiente paso que debe llevarse a cabo, es completar todos los documentos y requerimientos que se soliciten. En este mismo orden de ideas, es necesario reunir toda la documentación necesaria para poder optar a cobrar el monto correspondiente a las prestaciones por desempleo.
- Después se debe llevar a cabo el tercer paso, que consiste en realizar la presentación de la solicitud. Cabe destacar que, hay muchas formas de realizar la solicitud para el paro.
Una de ellas es asistir de forma presencial a las oficinas disponibles para efectuar la gestión.
Sin embargo, es importante recordar que es necesario solicitar con anterioridad una cita para poder acudir y recibir atención en estas oficinas.
También otra opción disponible para poder efectuar el proceso de la solicitud, es mediante los portales electrónicos del Servicio Público de Empleo Estatal.
Cabe destacar que, para poder llevar a cabo la solicitud de este programa de prestaciones económicas, es necesario tener digitalizado el DNI o documento Nacional de identidad.
También debe contar con un usuario digital y una clave de acceso al sistema en línea.
Los métodos mencionados anteriormente, son los utilizados con mayor frecuencia por los usuarios que deseen llevar a cabo el proceso de solicitud del paro.
Sin embargo, este proceso también puede realizarse de forma presencial en todas las oficinas del registro público o a través de un correo de atención al usuario.
¿Cómo calcular el Paro?
En esta sección, te vamos a explicar el procedimiento para realizar el cálculo para el cobro del paro; realizando una operación aritmética de división del monto de dinero que ha cotizado la empresa al trabajador.
Este monto corresponde a los anteriores seis 6 meses, y se divide entre ciento ochenta 180. Luego el resultado que se obtiene se debe multiplicar por treinta 30.
Ahora es posible conocer cuál es el monto que corresponde cobrar por cada mes.
¿Qué se necesita para solicitar el Paro?
Según lo que se ha mencionado con anterioridad para poder obtener a través de la solicitud de las prestaciones por desempleo con el nombre de paro. Son necesarias una serie de condiciones las cuales se mencionaron anteriormente.
Una de ellas, es contar con la cantidad mínima de cotizaciones o aportes que están señalados en la ley para de esta forma lograr obtener este beneficio económico.
De la misma manera, no se debe tener la edad mínima admitida para obtener las prestaciones por jubilación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el paro luego de una baja voluntaria?
Si renuncia un trabajo de manera voluntaria, no podrá obtener la prestación por desempleo de acuerdo a lo que señala la ley, para proceder al cobro de una prestación por desempleo se requiere que la baja en el empleo no sea producto de una decisión voluntaria, y a que el sistema de protección por desempleo ampara a los ciudadanos trabajadores que desean y pueden trabajar pero están sin un empleo.
¿Cómo es mi cotización cobrando el paro?
Durante el tiempo que percibe la prestación por desempleo, la entrada de las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social se lleva a cabo por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Éste toma el aporte por parte de la empresa y le realiza un descuento del monto de su prestación del 100 % de su cuota correspondiente.
Si ha recibido el beneficio de la prestación por el término de su contrato laboral, cotizará a la Seguridad Social por las condiciones habituales de: jubilación, incapacidad temporal, invalidez permanente, muerte y supervivencia, asistencia sanitaria y protección a la familia. No deberá cotizar por concepto de desempleo, accidente laboral y enfermedad profesional, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional.
¿Qué plazo tiene el Servicio Público de Empleo Estatal para contestar mi solicitud de paro?
Luego de haber presentado la solicitud de prestación por desempleo y mientras no le falte algún documento, el Servicio Público de Empleo Estatal debe proceder a tramitar su solicitud en el lapso de los quince (15) días siguientes a la fecha en que se consignó y enviarle la notificación en el lapso de diez (10) días luego de la fecha en que haya emitido dicha resolución.
Si luego de los tres (3) meses desde que consignó la solicitud de la prestación, no obtiene respuesta a esta, se considerará denegada por silencio administrativo. En este caso, el procedimiento consiste en interponer reclamo anterior a la vía judicial.
¿Puedo cobrar un subsidio si no tengo cargas familiares?
Sí es posible, ya que hay algunos métodos de subsidio para los que no se requieren cargas, como en el caso de los siguientes grupos:
- Desempleados con más de 45 años que hayan recibido una prestación contributiva.
- Ciudadanos desempleados de más de 52 años que reúnan todos los requisitos, excepto la edad, para optar a la pensión de jubilación.
- Personas desempleadas con cotizaciones entre 180 y 359 días.
- Desempleados declarados completamente incapaces o inválidas parciales debido a la revisión de su pensión de invalidez.
- Individuos excarcelados.
- Trabajadores emigrantes que han vuelto a España.