¿Cómo optar por el montepío del IESS?
¿Cómo optar por el montepío del IESS? Estos son los requisitos que debes cumplir. Las personas beneficiarias del montepío si el causante cumplió con los requisitos legales antes de su deceso. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
La persona que sea viuda, conviviente, huérfano, padre o madre de un afiliado puede recibir una renta mensual correspondiente al montepío, un beneficio económico que entrega el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
Sin embargo, las personas beneficiarias podrán recibir la pensión si el afiliado (causante) cumplió con las aportaciones necesarias a la institución para optar por la misma, al momento de su deceso, indica el Portal Único de Trámites Ciudadanos.
¿Cuántas aportaciones necesito para el montepío del IESS?
El causante fallecido debió reunir los siguientes requisitos para que su viuda, conviviente o hijos puedan acceder al beneficio:
- Ser jubilado o haber cumplido con 60 aportaciones necesarias, si era afiliado activo.
- Haber cumplido con el 10% del total de lo aportado, si era un afiliado cesante.
- Haberse encontrado dentro del período de protección del seguro de muerte. Solo aplica si se encontraba cesante antes del fallecimiento.
- Mantener registrado el aviso de salida, el cual debe ser el mismo a la fecha de su fallecimiento. El empleador debe realizar este trámite.
- No haber tenido deudas en mora con el IESS.
Requisitos para solicitar el montepío del IESS
El procedimiento se realiza a través del sitio web del IESS (ingrese aquí), siempre y cuando haya cumplido con lo siguiente:
- Haber actualizado en el Registro Civil el estado civil a viudo/a.
- Contar con una cuenta de correo electrónico válida y activa.
- Tener registrada y autorizada una cuenta bancaria a su nombre en Historia Laboral.