Conoce sobre la declaración del Impuesto a la Renta

Cómo cambia la Declaración de la Renta

El próximo 3 de abril comienza la campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio . Pero, ¿sabes todos los cambios que se han introducido este año y que afectan directamente a los trabajadores por cuenta propia?. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Dentro de unas pocas semanas, comienza en nuestro país la campaña de la declaración de la renta para el ejercicio . Como viene siendo habitual en estas fechas cada año, es el momento de comenzar a preparar toda la documentación que vamos a tener que aportar cuando el próximo 3 de abril comience el plazo de manera oficial.

Como cada año, también es importante conocer los cambios y cómo estos pueden llegar a afectarnos. Y esta campaña es especialmente importante para los autónomos, puesto que son uno de los colectivos que mayor número de cambios van a recibir con respecto a años anteriores.

 

Obligación de declarar

Este año, y como principal novedad con respecto al curso anterior, todos los autónomos estarán obligados a realizar la declaración de la renta. Con independencia del tiempo que hayan estado dados de alta o de los ingresos que hayan obtenido por esta actividad.

En el BOE del 27 de julio de 2022, accesible desde este enlace, con entrada en vigor el 1 de enero de , se publicó el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, es claro al respecto: “estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar”.

La Seguridad Social estima que esta medida afecta a un total de 200.000 autónomos, que se verán obligados a tener que presentar la declaración de la renta este año, sin tener en cuenta el resto de particularidades que puede tener su expediente.

Más cambios

Además del cambio mencionado previamente, considerada la principal novedad con respecto a campañas anteriores, también se han anunciado dos cambios más que pueden tener un impacto notable en el resultado final de nuestra renta.

El primero de ellos tiene que ver con los gastos deducibles. En la próxima declaración de la renta, también aumenta la deducción por gastos de difícil justificación. Se trata de un mecanismo que Hacienda aplica automáticamente a los autónomos cuando realizan la declaración de la renta, con dos límites:

  • Únicamente a aquellos que tributan el IRPF por estimación directa simplificada. Por tanto, se excluye a los autónomos que tributan por módulos.
  • Cuando no se superan los 2000 euros al año de deducción.

Hasta ahora, la deducción que podíamos conseguir con este tipo de gastos era de un 5%. En la próxima declaración de la renta, podremos incrementarlo en dos puntos más hasta alcanzar el 7%.

También se ha ampliado el límite de deducción por planes de pensiones. Como autónomos, hasta la pasada declaración de la renta podíamos deducir hasta 1.500 euros al año del plan de pensiones. A partir de este año, también podemos deducir los planes de pensiones de empleo para autónomos, incluso en el caso de no tener empleados. La deducción máxima es de 4.250 euros. Si sumamos ambas cantidades, la deducción alcanza los 5.750 euros al año.

Recuerda que será el próximo 3 de abril cuando comienza de manera oficial la campaña de la renta y se alargará hasta el próximo 26 de junio, siempre y cuando la declaración salga a pagar y se opte por la domiciliación bancaria. En el caso de que salga a devolver o a pagar, pero no se domicilie el pago, el plazo no finalizará hasta el 1 de julio.