El calendario tributario tiene cinco cambios

Calendario tributario en Ecuador para febrero

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Calendario tributario en Ecuador para febrero de 2026

El mes de febrero de 2026 concentra varias obligaciones tributarias y empresariales que sociedades, emprendedores y personas naturales deben cumplir en Ecuador. Estos trámites están regulados principalmente por el Servicio de Rentas Internas (SRI) y, según el caso, por otras entidades como el Ministerio del Trabajo, el IESS y las municipalidades.

Cumplir a tiempo es clave para evitar multas, intereses y observaciones en procesos de control. En esta guía, Deltech Audit resume de forma práctica qué debe atenderse en febrero 2026, con recomendaciones operativas para cumplir sin reprocesos.

Principales obligaciones en febrero 2026

A continuación se presenta un desglose de las obligaciones más relevantes que suelen vencerse en febrero. Nota: en obligaciones del SRI, la fecha exacta depende del noveno dígito del RUC y del calendario vigente.

1. Declaración mensual de IVA (período enero 2026)

Plazo: En febrero 2026, según el noveno dígito del RUC (regla general del SRI).

Entidad: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Las sociedades y personas naturales obligadas a declarar IVA mensual deben presentar la declaración correspondiente al período enero 2026 dentro de los plazos establecidos por el SRI.

Recomendaciones:

  • Cerrar el mes con conciliación de ventas, compras, notas de crédito/débito y retenciones relacionadas.
  • Verificar que los comprobantes electrónicos estén autorizados y contabilizados.
  • Evitar declarar con movimientos “pendientes” en el ERP/contabilidad (por ejemplo, facturas sin contabilizar o con errores de impuestos).

2. Declaración mensual de retenciones en la fuente (período enero 2026), si aplica

Plazo: En febrero 2026, según el noveno dígito del RUC.

Entidad: SRI

Si su empresa actúa como agente de retención, debe declarar (y pagar cuando corresponda) las retenciones efectuadas en enero 2026.

Recomendaciones:

  • Revisar que las retenciones coincidan con los comprobantes y con el registro contable.
  • Validar que no existan retenciones duplicadas o mal aplicadas por proveedor/cliente.
  • Guardar respaldos: contratos, facturas, comprobantes de retención y conciliaciones.

3. Anexo Transaccional Simplificado (ATS) (período enero 2026), si corresponde

Plazo: En febrero 2026, según el noveno dígito del RUC.

Entidad: SRI

El ATS reporta las transacciones del período (ventas, compras y retenciones, según aplique). Si usted está obligado a presentarlo, corresponde enviar el ATS de enero 2026 en febrero.

Recomendaciones:

  • Preparar el ATS desde el sistema contable/ERP para minimizar errores de digitación.
  • Revisar inconsistencias típicas: RUC inválidos, bases imponibles, IVA por tarifa, comprobantes anulados.
  • No dejar el envío para el último día: los errores requieren corrección y reenvío.

4. RDEP (Relación de Dependencia) del ejercicio fiscal 2025 (vencimientos en febrero 2026)

Plazo: Entre enero y febrero 2026, según el noveno dígito del RUC del empleador.

Entidad: SRI

Los empleadores deben presentar el Anexo RDEP del período fiscal 2025 dentro del cronograma oficial que incluye fechas en febrero 2026.

Recomendaciones:

  • Cuadrar roles, beneficios, retenciones y aportes antes de enviar el anexo.
  • Validar que los datos de empleados (cédula, ingresos, deducciones) estén consistentes.
  • Mantener respaldos laborales y tributarios por trabajador.

5. Anexo de Gastos Personales del ejercicio fiscal 2025 (vencimientos en febrero 2026), si aplica

Plazo: En febrero 2026, según noveno dígito (cuando exista obligación).

Entidad: SRI

Las personas naturales que deban presentar el Anexo de Gastos Personales del ejercicio fiscal 2025 lo hacen dentro de los plazos de febrero 2026.

Recomendaciones:

  • Clasificar correctamente los gastos por categoría y mantener soportes.
  • Revisar límites y condiciones aplicables antes de presentar.
  • Evitar inconsistencias entre lo declarado y la documentación de respaldo.

6. REBEFICS (Beneficiarios finales y composición societaria) — corte 31-dic-2025

Plazo: En febrero 2026, según el noveno dígito del RUC.

Entidad: SRI

Las sociedades obligadas deben presentar el REBEFICS con información de beneficiarios finales y composición societaria con corte al 31 de diciembre de 2025, dentro del cronograma de febrero.

Recomendaciones:

  • Verificar participaciones, cadenas de propiedad y datos de beneficiarios finales.
  • Actualizar cambios societarios y mantener documentación de soporte.
  • Presentar con anticipación para corregir observaciones del sistema.

7. Obligaciones laborales y de seguridad social (si aplica)

En febrero también es frecuente que las empresas gestionen obligaciones vinculadas a nómina y seguridad social (por ejemplo, cierres y reportes internos, y pagos periódicos al IESS dentro de sus plazos normales).

Recomendaciones:

  • Mantener la nómina y novedades al día.
  • Cuadrar aportes y roles con contabilidad para evitar diferencias.

 

Consecuencias del incumplimiento

No cumplir estas obligaciones puede generar:

  • Multas e intereses por mora.
  • Observaciones y requerimientos del SRI.
  • Pérdida de tiempo por reprocesos (rectificatorias y anexos corregidos).
  • Riesgo reputacional y complicaciones en trámites (crédito, contratación, permisos).