Casarse por lo civil el Colombia

Aprenda los requisitos para casarse por lo civil en Colombia

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¿Planeas contraer nupcias en Colombia y no sabes qué se necesita? Estás entonces en el lugar correcto, y es que te diremos aquí los requisitos para casarse por lo civil en Colombia.

Haz tu ceremonia de bodas legal ante un juez, entregando todos los documentos que te vamos a explicar en este artículo.

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Matrimonio civil en Colombia

El matrimonio es la prueba definitiva del amor. Cuando dos personas amadas mutuamente quieren afianzar bajo el Estado su amor, entonces contraen matrimonio.

Este se trata de un proceso legal, que no solo se trata de cuánto puede o no amarse una pareja. El matrimonio debe ser acreditado por un juez según las leyes colombianas.

Por lo tanto, si eres tú quien vino a este artículo porque estás planeando casarte en Colombia, estás entonces en buenas manos.

Vamos a explicarte, con mucho detalle, cuáles son los requisitos para casarse por lo civil en Colombia. Se trata de un proceso que puede parecer complicado, así que debes poner atención a lo que vamos a explicar.

Sin embargo, esto no tiene por qué restarle el carácter romántico al matrimonio, ni mucho menos hace que casarse sea difícil. Solo necesitas seguir lo exigido por las leyes para que tu matrimonio sea completamente legal.

Además, debemos también decirte que, si piensas casarte por lo católico, primero debes casarte por lo civil.

Lo que pasa con ello es que las leyes colombianas solo acreditan un matrimonio por la vía civil. Así, si te casas por la iglesia, será una documentación aparte.

Finalmente debes saber también que tu matrimonio debe estar muy bien planeado con unos meses de antelación. Esto debido a la documentación que debes tramitar y luego consignar en el Registro Civil.

Requisitos para casarse por lo civil

Una vez que tú y tu pareja se hayan comprometido, y tengan todo planeado para llevar a cabo su ceremonia de bodas, necesitas unos requisitos.

Estos requisitos son obligatorios por la legislación nacional, y la legalidad de tu matrimonio depende de ello.

Por otro lado, sí es cierto que cuando una pareja se casa, quieren que todo salga bien: se concentran en la decoración, los invitados, los padrinos, la comida, el baile… Pero nunca pueden olvidarse de los trámites legales.

Si no llevan a cabo un matrimonio civil, su celebración podría no ser más que una ceremonia simbólica; una ceremonia sin peso legal.

Claro, no estamos diciendo con ello que esto esté mal, pero debes saber lo que quieres, tanto tú como tu pareja. Así, si lo que quieren es un matrimonio simbólico, no se preocupen por los requisitos. Si no, toma nota.

Adicionalmente, es importante aclarar que hay varias condiciones para el matrimonio. De tal manera, vamos a desglosar cada condición para ayudarte a entender de la mejor manera.

También cabe acotar que los requisitos de los que vamos a hablar son válidos bien sea para matrimonios heterosexuales como igualitarios.

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Primer matrimonio

Este es el caso base de la mayoría de los matrimonios. Si ni tu pareja ni tú han contraído matrimonio antes, entonces este es el caso para ambos.

En este caso hay una pequeña documentación básica donde deben acreditar algunos puntos.

Uno de ellos es que se casan por voluntad y con pleno uso de sus facultades y capacidades intelectuales. Es decir, deben manifestar que se casan porque quieren y en estado de sobriedad.

  • Ambos prometidos deben radicar fotocopia de cédula nacional.
  • Presentar una solicitud donde se manifiesta la voluntad de casarse.
  • Documento que acredite el registro civil de nacimiento de cada contrayente con fines nupciales. Se debe entregar durante el plazo de un mes desde su expedición en caso de ciudadanos colombianos.

También es cierto que a veces las cosas se pueden salir de las manos y uno de los novios no puede asistir a la boda. Sin embargo, esto se puede solucionar.

Si uno de los novios no se puede presentar, se puede, ante un notario público, otorgar un poder especial. Esto se conoce como “matrimonio por poder”.

Sin embargo, es importante que este poder sea cabalmente acreditado, según el caso que corresponda, por autenticación o legalización.

Por último, el día que los prometidos se dirijan a hacer la diligencia, les será también pautada la fecha de su boda.

Segundo matrimonio

A veces también ocurre que uno de los novios ya tuvo un matrimonio anterior, o ambos. Este es un caso aparte que requiere una documentación adicional.

El/la contrayente que ya haya pasado por un matrimonio anterior, debe consignar:

  • Registro civil de nacimiento de la ex pareja con nota de divorcio.
  • Documento de disolución y liquidación de la sociedad conyugal.
  • Certificado de defunción de la anterior pareja en caso de viudez.

“¿Si tenemos hijos en común, pero no estamos casados?”

En este caso, las parejas que tengan hijos en común y planeen contraer nupcias, solo tienen que adicionar un requisito.

Será necesario presentar el documento que acredite el registro civil de nacimiento de cada uno de los hijos.

“¿Si uno tiene hijos de otra relación?”

Este es un caso que para nada es poco común en los matrimonios. Sin embargo, en este caso tampoco se necesita una gran documentación.

Ahora bien, solo será necesario un inventario solemne si al menos uno de los hijos es menor de edad. Claro, también se debe anexar el documento de su registro civil de nacimiento.

Este inventario solemne tiene la finalidad de proteger los bienes que hayan sido dejados a nombre del/los menor/es. Para ello se puede buscar la asesoría con un juez de familia.

Además, es importante repetir que el inventario solemne solo aplica para hijos menores de edad.

Si sucede que los hijos de una unión anterior son mayores de edad, solo bastará con entregar el registro civil de cada uno de ellos. Esto será netamente para legitimar.

“Soy menor de edad, ¿puedo casarme?”

Claro que puedes, si y solo si, cumples con los requisitos mínimos establecidos por el código civil.

Estos requisitos son, por un lado, tener como mínimo 14 años de edad. Por el otro lado, debes contar con la aprobación de tus padres, tutor, o cualquier otro tipo de representante legal. Este permiso debe ser notariado.

Además de ello, cualquier contrayente menor de edad que cumpla con los anteriores requisitos debe entregar los del primer caso: Primer matrimonio.

Uno de los contrayentes no puede asistir a la boda

Ya antes habíamos hablado de este caso. Si esto pasa, el/la novio/a que no pueda asistir debe manifestar que no podrá presentarse a la boda. Luego deberá autorizar un poder especial.

Mediante este poder, la persona que estará ausente deberá manifestar, además de su voluntad de casarse: nombre de su pareja, soltería, hijos (en caso de que tenga), etcétera.

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Matrimonio con ciudadanos extranjeros

En caso de que tu matrimonio sea con alguien de una nacionalidad extranjera, será tu pareja quien debe entregar los siguientes requisitos. Por tu parte solo aplicarán los documentos de los casos hablados antes.

  • Documento original y con su copia del registro civil de su nacimiento. No debe exceder los tres meses de expedición.
  • Pasaporte vigente anexando una fotocopia autenticada y notariada.
  • Visa vigente o cédula de extranjería.
  • Certificado de soltería. El nombre de este documento puede variar según el país.
  • Manifestar voluntad de contraer nupcias.

Adicionalmente a estos documentos, si los mismos están originalmente en idioma extranjero, deben ser traducidos a español por un traductor autorizado. Luego de ello deben ser notariados.

Conclusión

Planea tu boda de la mejor manera, incluyendo todo lo que tu boda soñada debería tener, pero no te olvides de la legalidad. Con ello te vas a ahorrar muchos retrasos e inconvenientes.

Una vez que cumplas con todos los requisitos para casarse por lo civil en Colombia, tu boda será la de tus sueños. Baile, vestido de novia, invitados, padrinos, comida… Todo lo que querías, y además, legal ante el Estado.