Anexo de Gastos Personales ya disponible en el SRI
Anexo de Gastos Personales 2024 ya disponible en el SRI: Todo lo que debes saber. Esta herramienta optimizar la declaración de Impuesto a la Renta, permitiendo una reducción en los montos a pagar. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha habilitado el Anexo de Gastos Personales para el período fiscal 2024, una obligación para las personas naturales que, durante este año, hayan tenido ingresos superiores a una fracción básica unificada (equivalente a $ 11.902) y deseen utilizar sus gastos personales para reducir el Impuesto a la Renta.
¿Quiénes deben presentar el anexo?
Según la normativa, las personas naturales que superen el umbral de $11.902 deberán presentar este anexo hasta febrero de 2025, de acuerdo con el noveno dígito de su cédula de identidad o RUC. Es importante destacar que los gastos personales que se utilicen para rebajar el impuesto están sujetos a un monto máximo determinado por la canasta familiar básica, cuyo valor depende del número de cargas familiares del contribuyente.
¿Qué son las cargas familiares y cómo se reportan?
Las cargas familiares son aquellos dependientes a los que el contribuyente proporciona sustento económico. En este caso, se consideran como cargas familiares a los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho, así como a los hijos hasta los 21 años o con discapacidad, siempre que dependan completamente del contribuyente y no tengan ingresos superiores a un salario básico ($ 470).
Para registrar las cargas familiares, los contribuyentes deben ingresar al portal transaccional del SRI, en la opción “Anexos / Anexo de gastos personales en línea / Registro de cargas familiares para períodos a partir de ”.
¿Qué gastos se pueden incluir en el anexo?
Los gastos personales que se pueden declarar incluyen:
Educación: Gastos en formación académica de los dependientes.
Alimentación: Compras de alimentos, tanto en supermercados como en restaurantes.
Vestimenta: Ropa y calzado.
Salud: Servicios médicos, medicamentos y gastos relacionados con la salud, incluidos los de las mascotas.
Vivienda: Alquiler, pagos por mantenimiento y otros relacionados con la vivienda.
Turismo: Viajes y actividades recreativas.
Arte y Cultura: Gastos asociados a actividades culturales y artísticas.
Plazos para presentar el Anexo de Gastos Personales