Alivios tributarios Bogotá

Alivios tributarios Bogotá estas son las fechas claves para acogerse al beneficio

Gracias a lo acordado en el Plan Distrital de Desarrollo ‘Bogotá Camina Segura’, algunos contribuyentes que tengan deudas tributarias y no tributarias en mora con la ciudad podrán ahorrarse el 80% en intereses y sanciones al pagar el 100% del impuesto adeudado. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Según datos oficiales de la Secretaría Distrital de Hacienda, este alivio tributario puede beneficiar a más de 1.105.000 contribuyentes con cerca de 2.778.934 obligaciones. Sin embargo, esto solo podrá ser posible si se acogen al beneficio en las fechas claves que destinó la entidad.

 

Para este caso, los alivios tributarios cobija las siguientes obligaciones:

  • Para contribuyentes que se encuentren en la etapa de cobro:
  • Predial o Vehículos de las vigencias 2020, 2021 y 2022.
  • ICA y otros impuestos, deudas que entraron en mora entre el 12 marzo de 2020 y el 30 de junio de 2022
  • Para contribuyentes que tienen obligaciones en mora al 12 de junio de 2024 y la Secretaría de Hacienda:
  • No ha emitido una liquidación oficial.
  • Emitió una liquidación oficial, pero no está en firme.

En cuanto a las obligaciones no tributarias, la entidad explicó que son aquellas deudas con las secretarías del distrito y/o Alcaldías Locales que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2022 por uso de bienes y servicios o por sanciones y multas.

Igualmente, es importante tener en cuenta que, para las multas de tránsito y las obligaciones con el fondo de salud, el alivio se debe solicitar en las secretarías de Movilidad y Salud, respectivamente.

La secretaria de Hacienda, Ana María Cadena, invitó a los contribuyentes bogotanos para que aprovechen la oportunidad que está brindando el distrito para que se pongan al día con sus obligaciones tributarás, y así eviten pagar multas por mora.

“El ahorro del 80% en intereses y sanciones constituye un alivio para los bolsillos de los deudores y una oportunidad de ingresos para el Distrito”, aseguró Cadena.

 

Fechas claves para acogerse a los alivios tributarios

Los contribuyentes interesados en acogerse al alivio tributario pueden optar por dos modalidades de pago:

  • Pago completo del 100% de la obligación y el 20% de la sanción e intereses causados, que debe hacerse máximo hasta el 13 de diciembre del 2024.
  • Facilidad de pago: aplica únicamente para deudas de impuestos en etapa de cobro. El plazo para acogerse a esta facilidad vence el 15 de octubre de 2024.

Tenga presente que para acogerse a la facilidad de pago, el deudor debe cancelar al menos el 30% de todas las deudas a su cargo, incluidos capital, intereses y sanciones, aplíqueles o no el alivio tributario, y no estar reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado, por incumplimiento de acuerdo de pago.

Quienes cumplan con estos requisitos, deberán diligenciar y firmar el formulario que se encuentra en el sitio web de la Secretaría de Hacienda y adjuntar copia de la cédula de ciudadanía del deudor.

Además, la dependencia de Hacienda ya tiene disponible en su sitio web un aplicativo que le permitirá detallar si son o no beneficiarias de los alivios tributarios antes de iniciar el trámite. Esto puede ser consultado siguiendo los siguientes pasos:

  • Ingresar a www.haciendabogota.gov.co y en el banner o el botón dispuesto en la página dar clic en ‘consultar’.
  • Al ingresar, se encontrará la información, fechas y todo lo necesario para acceder al alivio.
  • Ingrese el tipo y número de documento. Si la persona es beneficiaria, debe seguir el paso a paso del aplicativo.

Lo anterior, como otros trámites y servicios que oferta la Secretaría de Hacienda, son gratuitos. Es por eso que la entidad invitó a todos los contribuyentes a no acudir a tramitadores, ni pagar por dichas asistencias.