Comisión multipartidista de la Asamblea recomienda destitución y censura para Daniel Mendoza

Quito –

Al día siguiente de que el asambleísta, Daniel Mendoza, presentó la renuncia a la designación popular como representante de la provincia de Manabí, la Comisión Multipartidista que lo investigó por supuestos hechos de corrupción en la construcción del hospital de Pedernales, recomendó la censura pública y destitución del cargo.

Los comisionados aprobaron el informe, no vinculante, recomendando al pleno de la Asamblea Nacional la destitución porque determinaron que Mendoza, incurrió en las causales contenidas tanto en la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa que prohíbe a los legisladores tramitar, recibir y administrar recursos del presupuesto del Estado; así como percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos que no sean los que corresponden a su función de asambleísta

Además recomendaron remitir el informe a la Fiscalía General del Estado y a la Contraloría a efectos que éstos organismos realicen las investigaciones del caso, en virtud de otros indicios que se podrían desprender como “presunción de enriquecimiento ilícito y otras conductas delictuales y administrativas”.

Piden que los órganos de justicia determinen las responsabilidades penales a los funcionarios del gobierno que entregaron cuotas políticas.

La Comisión también recomienda al pleno de la Asamblea aprobar el develamiento de una placa con un crespón negro con letras claras al ingreso del Palacio Legislativo, con el siguiente mensaje: “La Asamblea Nacional en aras de la lucha frontal contra la corrupción, censuró públicamente a Daniel Isaac Mendoza Arévalo por enfrentar formulaciones de cargos penales que los vinculan a redes de corrupción y lavado de activos, que se han apropiado indebidamente de recursos públicos para la construcción del Hospital Básico de Pedernales en la Provincia de Manabí y los han destinado a satisfacer fines particulares”.

Igualmente, la Comisión recomienda que la Asamblea Nacional, pida disculpas públicas al pueblo ecuatoriano de manera especial al Manabita, por todos los casos en que asambleístas han defraudado la voluntad popular.

Como conclusiones, en el informe se determina que al no haberse refutado la prueba anexa a la denuncia, y en mérito de la carga probatoria y las comparecencias, el asambleísta Daniel Mendoza habría incurrido en la prohibición para los legisladores prevista en el artículo 163 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa en concordancia con el artículo 127 numeral 4 de la Constitución de la República.

Que el asambleísta Daniel Mendoza Arévalo sobrepasó los límites de su accionar político como servidor público, que son los de legislar y fiscalizar; es decir sin límites y con excelsa y notoria ambición trasgredió la barrera de sus responsabilidades en el ejercicio de sus funciones, pues valiéndose de su calidad y condición de legislador violentó el mandato que otorgó el mandante al dedicarse a ofrecer, tramitar, recibiendo y administrando recursos del Presupuesto General del Estado que eran destinados para la construcción de una obra pública en este caso la de una casa de salud en el cantón Pedernales de la provincia de Manabí. Estos otros ingresos fueron ilegales e ilegítimos y se consideran como ingresos fruto de la corrupción siendo no justificables a la función como asambleísta.

Que de la investigación realizada a los hechos denunciados por las asambleístas Verónica Guevara (RC) y Tanlly Vera (CREO), así como de las pruebas aportadas, se concluye que el asambleísta Daniel Mendoza ha incurrido en la prohibición para los asambleístas establecida en el numeral 2 del artículo 163 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa en concordancia con lo preceptuado en el artículo 127 numeral 2 de la Constitución de la República.

A su vez, la Comisión Multipartidista considera que ha existido una omisión del asambleísta denunciado en sus funciones al momento de la falta de control de las actividades realizadas por el señor Jean Carlos Benavidez quien fungió en calidad de asesor 1 del denunciado, incurriendo también en inobservancia del artículo 233 de la Constitución al no haber controlado ni denunciado las irregularidades de dicho funcionario bajo su directa subordinación.

En el informe también se concluye que es importante considerar la relación laboral del asambleísta Mendoza con Jean Carlos Benavides, su ex asesor, que como es de conocimiento público ha sido detenido y procesado por una red de corrupción en la provincia de Manabí, y que estaría realizando actividades irregulares durante horas laborables presuntamente vinculadas a ofrecer, tramitar, recibir recursos del Presupuesto del Estado desde la cuenta de la empresa contratada para la construcción del hospital de Pedernales, fondos públicos entregados a través de terceros, que conformen señalan las investigaciones eran para entregarse presuntamente al asambleísta.

En el informe también se concluye que los fondos públicos destinados para la construcción del Hospital Básico en el cantón Pedernales de la provincia de Manabí, estaban siendo utilizados presuntamente para fines electorales y en eventos políticos proselitistas y promocionales con el objetivo de posesionar a la persona de las siglas e iniciales “DM”; configurándose presumiblemente en la figura de percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos que no le sea correspondientes a su función de asambleísta.

El informe pasará a conocimiento del Presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo, para su trámite correspondiente. (I)