Se reformó fecha de veda de cangrejo rojo, será del 1 de febrero al 2 de marzo

A través del acuerdo Nro. MPCEIP-SRP-2021-0016-A, del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, se reformó la fecha de la veda de cangrejo rojo.

Inicialmente se había dispuesto que la fecha de la misma sería del 15 de enero hasta el 28 de febrero, sin embargo, debido a lo solicitado por pescadores, recolectores y usuarios del manglar, se decidió cambiar la fecha para la veda del cangrejo rojo desde el 1 de febrero al 2 de marzo de 2021.

En los últimos días se había intensificado la socialización a capturadores en Manabí y Esmeraldas.

En el documento firmado este 14 de enero por el subsecretario de Recursos Pesqueros, José Perdomo, se indica que el 7 de diciembre, el Instituto Público de Investigación de Acuicultura y Pesca (IPIAP) comunicó a la Subsecretaría de Recursos Pesqueros en un informe técnico había sugerido el cambio de fecha para que la copula sea realizada exitosamente debido a que la mayor incidencia reproductiva se da entre diciembre y marzo.

Sin embargo, el 11 de enero, la Dirección de Pesca Artesanal remitió a la Subsecretaría de Recursos Pesqueros el informe de pertinencia para el cambio de veda del cangrejo rojo donde se concluyó que en periodos anteriores se había indicado que había un pico en la copula de enero a marzo y que existía correlación positiva entre la cantidad de precipitación y el porcentaje de individuos listos para la reproducción por lo que sugerían el cambio de fecha a tan solo 30 días.

En otro memorando de la Dirección de Políticas Pesquera y Acuícola concluyó que las hembras ven su piro reproductivo en enero y disminuye hasta marzo y los machos mantienen su mayor actividad en febrero.

Quienes infringen la norma para su preservación serán sancionados, de acuerdo a lo que determine la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero de Ecuador. La sanción está contemplada en el artículo 71 de la Ley de Pesca: «multa de dos a diez remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general ($800 a $4000 con el salario básico unificado actual) y prisión de 15 a 60 días, o con una de estas penas solamente». (I)