A partir del 13 de enero, viajeros que no presenten resultado de prueba PCR negativa serán inadmitidos a Ecuador

A partir de las 00:00 del 13 de enero entrarán en vigencia los nuevos lineamentos aprobados por el COE Nacional para los puntos de entrada tanto por vía aérea, terrestre y marítima, que fueron presentados por el Ministerio de Salud.

Es así que a partir de ese día toda persona que pretenda ingresar por cualquier punto de entrada a Ecuador deberá presentar el resultado de una prueba RT-PCR negativa realizada hasta 10 días antes del arribo al país.

«Los nuevos reglamentos exigen a todas las aerolíneas que no pueden embarcar pasajeros cuyo destino final sea Ecuador si no tienen una prueba PCR negativa realizada máximo diez días antes de su viaje. No los pueden embarcar, en caso de que la aerolínea incumpla con esta normativa será susceptible de multas bastantes fuertes y el pasajero será devuelto al país de origen en esa misma aerolínea o en el siguiente vuelo que tenga. Es decir, no se le permitirá el ingreso a territorio ecuatoriano a quien no tenga prueba PCR negativa», indicó Caridad Vela, secretaria de Comunicación.

Al arribo al país, de manera aleatoria, se aplicará una prueba de antígeno por intermedio del Ministerio de Salud y en caso de que sea positiva, el pasajero deberá realizar aislamiento obligatorio por diez días en albergues asignados por esa Cartera de Estado. A los menores de 14 años no se les realizará la prueba de antígeno en el punto de entrada. Así mismo, los tripulantes estarán exentos de realizarse una prueba RT-PCR o de antígeno.

También se deberá llenar y firmar previo al desembarque la Declaratoria Jurada de Salud del Pasajero.

Previo a esta nueva disposición, paciente que no presentaba una prueba PCR negativa se le realizaba una prueba de antígeno y en caso de ser positivo tenía que hacer un aislamiento de diez días, en caso de que fuera negativa tan solo debía hacerlo por cinco días. (I)