5 puntos sospechosos de la #LeyDeTransparencia
Los legisladores no cumplieron con el plazo legal para que el Congreso de la Unión aprobara la Ley de Transparencia, que era este 7 de febrero.
La iniciativa fue presentada el 2 de diciembre del año pasado por senadores del PRI, PAN, PRD y PVEM, y fue analizada por expertos y organizaciones sociales como el Colectivo por la Transparencia, México Infórmate y la Red por la Rendición de Cuentas, especialistas en el tema, atendía el derecho al acceso a la información, obligaba a la CNDH a publicar información relacionada con violaciones a derechos humanos, creaba mecanismos necesarios para su promoción y garantizaba que las restricciones fueran apegadas a la legalidad.
Traición en el Senado from Derecho a la Información A19MX on Vimeo.
Después de más de doscientas horas de trabajo, análisis y discusión de esta ley; de último momento, los legisladores de la bancada priista realizaron más de 80 cambios de asuntos fundamentales, argumentando que con la sociedad civil se realizó un proceso de consulta y que ahora era chamba de los legisladores hacer la ley.
Como el Senado lleva sus discusiones a puerta cerrada es imposible saber si el dictamen abordado es el borrador de la Ley que se votará en días próximos. De ser así, los cambios que propone la bancada priista, en esencia darían como resultado que instituciones de seguridad como el CISEN, la SEIDO, el Estado Mayor Presidencial, entre otras, podrían no presentar informes y, de considerarlo pertinente, podrán nombrar documentos clasificados como reservados de 2 a 7 años, o incluso de forma permanente.
1.En el artículo 24 del dictamen se elimina la obligación para que las dependencias de gobierno documenten todos lo que hacen.
2.En el artículo 103 se libera a los sujetos obligados de entregar información, con lo que se abre la posibilidad de que un burócrata decida que un dato o documento es confidencial
3.En el artículo 113 se permite que cualquier legislación pueda determinar la confidencialidad o reserva de cierta información.
4.En el artículo 83 se modifica la obligación de incorporar en la Ley de Transparencia los documentos relacionados con las actividades de exploración, extracción, producción y refinación del petróleo; además de los contratos.
5. El artículo 7 reconoce otras restricciones legales al derecho de acceso a la información.
La mayoría de los políticos prefieren la opacidad, no la transparencia ni la rendición de cuentas, aunque estos últimos son un derecho fundamental que todo ser humano tiene para contar con instituciones y gobiernos responsables, sin corrupción. La simulación de transparencia no funciona.
¿De qué nos sirve un nuevo fiscal anticorrupción si no existe algún mecanismo para transparentar el manejo de los recursos públicos del gobierno?