125.022 ecuatorianos podrán votar en las elecciones municipales españolas

El de los ecuatorianos es el mayor colectivo de extranjeros que podrá votar en las elecciones municipales que se desarrollarán en España el 24 de mayo de 2015, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

De hecho, la Oficina del Censo Electoral ha enviado una comunicación a 342.647 extranjeros para informarles que tienen derecho a sufragar, entre los cuales, 125.022 tienen nacionalidad ecuatoriana, el 36,48 % del total. Por detrás de los compatriotas aparecen los colombianos (88.685), bolivianos (47.474), peruanos (42.772), paraguayos (15.172) y chilenos (11.499), principalmente.

España mantiene suscritos acuerdos con Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago, reconociéndoles a los ciudadanos de esos países el derecho a participar en las elecciones municipales.

No obstante, para votar, los extranjeros que han recibido la comunicación deberán inscribirse en el censo electoral hasta el 15 de enero de 2015.

Para inscribirse, el interesado debe cumplir los siguientes requisitos: ser mayor de edad en la fecha de la votación; no estar privado del derecho de sufragio activo; tener el permiso de residencia en vigor; haber residido en España, legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral, con la excepción de los noruegos, para los que se requiere más de tres años; presentar la solicitud de inscripción en el plazo establecido.

Las inscripciones podrán hacerse por internet o por correo postal que no necesita franqueo. Los interesados también pueden presentar las solicitudes directamente en los ayuntamientos de su ciudad de residencia, ha señalado el INE en un comunicado.

“Por su parte, quienes cumplan todos los requisitos excepto la vigencia del permiso de residencia podrán presentar su solicitud por correo postal, debiendo aportar fotocopia de la Tarjeta de identidad de extranjero en vigor o un certificado de residencia expedido por la Comisaría de Policía”, ha concluido el INE.