Este miércoles 12 de agosto, en semáforo verde pueden circular carros con placas terminadas en 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9. En amarillo, con placas impares
Tras el largo feriado vuelven a Ecuador las restricciones de circulación vehicular.
Hay excepciones de circulación sin restricción de placas en los distintos colores de semáforos en que todos los días se permite movilización a trabajadores de primera línea con su respectiva documentación. También los comunicadores sociales deben portar su credencial institucional, cédula de ciudadanía o identidad, licencia de conducir, pero pueden movilizarse sin restricción de placa.
La circulación vehicular en semáforo verde en el mes de agosto se permite por 5 ocasiones cada semana. Este miércoles 12 de agosto pueden circular los carros terminados en placas 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9.
No circulan en semáforo verde
- Lunes: 6, 8, 0
- Martes: 5, 7, 9
- Miércoles: 4, 0
- Jueves: 1, 3, 9
- Viernes: 2, 6, 8
- Sábado: 1, 3, 5
- Domingo: 2, 4, 7
Semáforo amarillo
Este miércoles 12 de agosto en semáforo amarillo se permite la movilización para vehículos cuyo último dígito de la placa termina en número impar. Toque de queda: 23:00 a 05:00.
Vehículos que pueden circular en semáforo amarillo
- Lunes, miércoles, viernes: 1, 3, 5, 7, 9
- Martes, jueves, sábado: 2, 4, 6, 8, 0
- Domingos 5 y 19 de julio circulan vehículos con placa impar.
- Domingos 12 y 26 de julio circulan vehículos con placa par.
Semáforo rojo
En semáforo rojo todos se mantienen en casa. Solo se permiten las salidas excepcionales para compras urgentes. Este miércoles 12 de agosto pueden circular carros cuyas placas terminan en 4, 5 , 6, 9. Toque de queda: 18:00 a 05:00.
Vehículos que pueden circular en semáforo rojo
- Lunes: 1, 2, 3 y 7
- Martes: 3, 4, 5 y 8
- Miércoles: 4, 5, 6 y 9
- Jueves: 6, 7 , 8 y 0
- Viernes: 1, 2, 9 y 0
- Sábado y domingo: No circula ningún vehículo particular
Excepciones de circulación
Sí pueden circular vehículos de carga o expresos de personal de la cadena de producción, comercialización y distribución de alimentos, salud e higiene. Lo mismo para vehículos de carga del sector exportador. También tienen garantía de movilización los vehículos de personal hospitalario, médicos, enfermeros. En todos los casos no necesitan salvoconducto, pero deben presentar credencial institucional, cédula de ciudadanía o identidad, licencia de conducir y uniforme o chaleco institucional. (I)