Cuándo voy a cobrar el Bono de Alquiler Joven

Subida de tu alquiler si no cumple estas condiciones

Subida de tu alquiler si no cumple estas condiciones. El comienzo de un nuevo año siempre suele relacionarse con el incremento del precio de nuestros gastos habituales. Entre ellos, el alquiler. Pero, ¿cómo se debe comunicar para que tenga efecto inmediato?. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

 

Subida de tu alquiler si no cumple estas condiciones

Cuando firmamos un contrato, con independencia del servicio en cuestión, es recomendable que nos detengamos a leer bien todas las cláusulas y la información que aparece en él. De este modo, conoceremos a qué estamos expuestos ante las diferentes situaciones a las que nos podemos enfrentar en nuestro día a día. Cuando hablamos del contrato de algo tan importante como el alquiler, la situación adquiere una todavía mayor relevancia.

Lo primero que debes tener en cuenta es que para que la subida anual se pueda producir, este incremento debe quedar recogido en el contrato. En este caso, tendremos que respetar los límites legales tanto en el porcentaje de subida como en la forma en la que se tiene que comunicar dicho incremento.

 

La obligatoriedad de subir el alquiler

Pese a que estamos habituados a que nuestro alquiler suba una vez al año, la realidad es que no existe obligación de ello. En el caso de que el contrato contemple esta opción, el propietario es libre de decidir al respecto y debe tener en cuenta dos índices para realizar la actualización de la renta:

  • Todos los contratos que se hayan firmado después del 26 de mayo de , que es cuando entró en vigor la Ley de Vivienda, se deben actualizar teniendo en cuenta el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda, conocido como IRAV, que publica el INE cada mes.
  • Los contratos que se hayan firmado hasta entonces, estarán limitados por el IPC.

 

Para realizar la actualización del precio, deberemos basarnos en el último mes en el que se ha publicado dicho índice. En el caso de que actualicemos nuestro contrato en marzo, el índice será el del mes de enero, que es publicado en febrero, como explican en la OCU.

 

Cómo se debe comunicar

Llegamos a lo más importante, tanto para el propietario como para el inquilino: la comunicación. Si no se realiza la comunicación del incremento de forma adecuada, esta deja de tener efecto, al menos, de forma inmediata. Por lo que es importante estar bien informados al respecto.

El organismo mencionado previamente recuerda que es imprescindible comunicar a la otra parte la actualización de la renta en el mes anterior al que se debe aplicar. Si seguimos con el ejemplo previo, un alquiler que se debe actualizar en el mes de marzo, puesto que el INE publica el dato a mediados de febrero, se debe comunicar esta subida antes de que termine febrero. Es decir, siempre se debe recibir comunicación en el mes previo al que la subida se haga efectiva.

En el caso de que lo comuniquemos más tarde, una vez superado el periodo de renovación, la nueva renta entrará en vigor a partir del mes siguiente. Pero esto no quiere decir que las subidas anteriores se deban pagar retroactivamente, sino que únicamente repercutirán desde el mes en el que se ha comunicado hasta la siguiente fecha de cálculo: nunca el inquilino pagará los atrasos por no haber comunicado a tiempo la actualización del precio.