Solicitar jubilación por vejez
Solicitar jubilación por vejez. Estos son los pasos que deben seguir los afiliados para solicitar la jubilación por vejez en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Los trabajadores bajo relación de dependencia o afiliados voluntarios que hayan cumplido la edad o número de aportaciones necesarias pueden pedir su jubilación por vejez desde la página del IESS.
El sistema del IESS permite generar e ingresar la solicitud de jubilación por vejez, inmediatamente indica el estado de precalificación para jubilarse o los requisitos que faltan para acceder a la pensión.
Pasos para generar la solicitud de jubilación por vejez
Ingresa a la página: www.iess.gob.ec
Sistema Online
- Clic en «Trámites Virtuales»
- Selecciona la opción «Asegurados»
- Clic en Pensionistas
- Ingresa a la sección «Jubilación»
- Ingresa tu número de cédula y clave
- Selecciona la opción Jubilación por Vejez
- El sistema validará la información e indicará el estado de precalificación
- Registra los datos solicitados y da clic en el botón «Generar Solicitud»
- Guardar la solicitud
Dato
Los afiliados que cumplan con los requerimientos de jubilación podrán recibir una pensión vitalicia, el monto depende de los años y el valor del aporte. El valor de la jubilación será acreditado hasta el 20 de cada mes.
Jubilación ordinaria por vejez
El afiliado o afiliada que reúnen los requisitos exigidos por el IESS, tienen derecho a pensiones mensuales vitalicias, la mismas que se pagan a partir del primer día del mes siguiente al que el asegurado (a) cesó en el o los empleos.
Quienes tienen derecho
Tiene derecho a recibir pensión mensual vitalicia de jubilación por vejez, el afiliado/a que cumple con los requisitos de cese, edad y tiempo de aportes al IESS, de acuerdo con la siguiente tabla:
- EDAD
IMPOSICIONES
AÑOS DE APORTACIÓN
- Sin límite de edad
480 o más
40 o más
- 60 años o más
360 o más
30 o más
- 65 años o más
180 o más
15 o más
- 70 años o más
120 o más
10 o más
Se concede la jubilación por vejez desde el mes siguiente al que el afiliado/a con relación de dependencia, cesa en el o los empleos, o concluye la prestación de servicios del afiliado sin relación de dependencia.
El afiliado voluntario debe notificar su salida, antes de solicitar la jubilación, en cualquier Centro de Atención Universal del IESS.