Según el ministro de Defensa, el uso progresivo de la fuerza está amparado por el Derecho Internacional

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Sin embargo, la Defensoría del Pueblo presentó una demanda de inconstitucionalidad contra acuerdo que regula la fuerza letal de los militares.

Punto Noticias.Ante los integrantes de la Comisión de Soberanía de la Asamblea Nacional, el ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, aseguró que el empleo y uso progresivo de armas está amparado por los organismos internacionales de derechos humanos.

Justificó así la emisión del Acuerdo Ministerial 179, que aprueba el Reglamento de uso progresivo, racional y diferenciado de la fuerza por parte de los miembros de las Fuerzas Armadas, ante reuniones, manifestaciones, disturbios internos y otras situaciones de violencia.

Jarrín insistió en que toda estructura sobre el uso progresivo, racional y diferenciado de la fuerza se ampara en el Derecho Internacional de Derechos Humanos, que se emplea conforme la situación, en base a cuatro escenarios posibles: estado de excepción, conmoción interna o calamidad pública; operaciones militares; conflicto armado; y, legítima defensa.

Sostuvo que el uso diferenciado de la fuerza, niveles y técnicas de control militar, se efectúa en una escala racional del uso de la fuerza, contemplada en cinco niveles. Dicha escala incorpora los niveles de intensidad, resistencia o amenaza, niveles de fuerza y las técnicas de control militar. Cuando se aplica el nivel cinco es cuando se usan armas de fuego letales, siendo ese nivel, el de riesgo más alto porque se arremete con agresiones graves o llegando incluso a la muerte del personal militar, señaló.

En los niveles del uno al cuatro se emplean niveles de fuerza no letal. Si existe un riesgo latente, el nivel de fuerza es mediante la presencia militar, a través del contacto visual. Al existir una amenaza o resistencia psicológica o pasiva, se impone un nivel de fuerza mediante la verbalización, a través de instrucciones verbales. Al registrar una resistencia defensiva, se emplean medidas de control de contacto a través de presión física, y si se registra una resistencia agresiva, se emplean técnicas duras con fuerza no letal, a través de agentes químicos u armas no letales. En estos cuatro niveles no se emplean armas letales, aseveró.

Según Jarrín, estos mecanismos de empleo y uso progresivo de armas, en este caso para las Fuerzas Armadas, se encuentran bajo parámetros de las Naciones Unidas, y del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), a través de tratados vinculantes para las operaciones militares. También, en base al manual de Violencia y Uso de la Fuerza del CICR. Destacó que estos organismo son imparciales, neutrales e independientes, pero, sobre todo, humanitarios.

El funcionario del Ejecutivo manifestó que ha recibido comunicaciones de la Misión en Quito del CICR, en el marco del análisis del Acuerdo Ministerial 179, donde presentan su voluntad para incorporar los estándares internacionales en la aplicación del acuerdo. Por lo que, para el ministro Jarrín, el mismo cuenta con el apoyo de organismos de Derechos Humanos, Cruz Roja Internacional y otras, que conocen lo que se hace en el país.

El uso de las armas de fuego por parte de Fuerzas Armadas se efectuará en circunstancias donde se vea amenazada la vida de los ciudadanos, afirmó el secretario de Estado, quien está convencido de que no hay discrecionalidad, no hay arbitrariedad y el reglamento está en concordancia con la Constitución.

La seguridad de la población es responsabilidad también de Fuerzas Armadas, adujo Jarrín, como argumento para el uso progresivo de las armas.

Los asambleístas de la mesa de Relaciones Internacionales mostraron su preocupación, porque el acuerdo podría violentar la Constitución.

En todo caso, advirtieron que tienen la potestad de iniciar procesos de consulta constitucional, una vez que la mesa debata ampliamente el contenido del Acuerdo Ministerial 179, con el fin de esclarecer las dudas que surgen desde la propia ciudadanía.

Demanda de inconstitucionalidad

El titular de la Defensoría del Pueblo Freddy Carrión, presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el acuerdo ministerial que regula la fuerza letal de los militares contra manifestantes.

A criterio del Defensor del Pueblo, el acuerdo amenaza derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la República y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

El martes 2 de junio de 2020, Carrión entregó la acción pública de inconstitucionalidad en la Corte Constitucional de Ecuador, en contra del acuerdo ministerial No 179, suscrito por el ministro de Defensa Nacional, Oswaldo Jarrín, que regula el uso de la fuerza por parte de miembros de las Fuerzas Armadas, en situaciones de protesta social, generadas durante un estado de excepción.

El objetivo de la demanda es suspender los efectos del acuerdo ministerial, expulsarlo del ordenamiento jurídico y determinar responsabilidades por su emisión, por ser inconstitucional, al no enmarcarse en la protección de los derechos humanos de las personas, sino dotar a las Fuerzas Armadas de un instrumento que guíe a sus miembros al uso de la fuerza, contraponiendo a su rol institucional de defensa de la soberanía y la integridad territorial y poniendo en riesgo a la ciudadanía y el Estado de Derecho, argumenta la Defensoría.

Fuente: Asamblea Nacional/Defensoría del Pueblo.

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