Siempre haces esto en tu coche te puede costar
Siempre haces esto en tu coche te puede costar . Diciembre es temporada de desplazamientos, de salidas, de vacaciones… donde el ir y venir de los viajes por las carreteras aumentan y hay más riesgo de cometer infracciones al volante. Además, durante estos días de descanso, como los de Navidad o Año Nuevo, tendemos a relajarnos más, olvidando infracciones que son objeto de multa. Y es que ciertas actitudes o manías, aparte de ser peligrosas, pueden acarrear una sanción económica si los agentes de tráfico consideran que afecta a la conducción. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
No por ser habituales dejarán de ser sancionables
Como sabes, este 2022 la Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido una serie de modificaciones en la Ley de Tráfico y, por consiguiente, en las multas. Algunas maniobras han sido prohibidas y otras tienen sanciones más elevadas. Por este motivo, son muchos los que tienden a realizar ciertas actitudes al volante mientras van en carretera…. que son peligrosas.
O lo que es lo mismo; no por ser habituales dejarán de ser sancionables. Asimismo, no todas las infracciones suponen las mismas consecuencias, dependiendo de la gravedad la cantidad de puntos restada será diferente y se aplicarán o no sanciones económicas.
Y es que, debido a lo que tenemos comúnmente, podemos referirnos a ciertas conductas que se mantienen como ‘prohibitivas’, pero de las que a menudo no nos damos cuenta de que son más serias de lo que parecen. Porque antes de ponernos al volante, es esencial saber qué podemos hacer y qué no, y sobre todo qué consecuencias tiene. Esto es lo que nos dicen desde la DGT.
Qué es lo que tenemos
Los motivos por los que podemos tener prisa al volante son miles, pero por muchos que haya, siempre es más importante nuestra seguridad. Además del exceso de velocidad, querer llegar antes a nuestro destino puede hacernos incurrir en varias infracciones, ahora la Dirección General de Tráfico nos recuerda cuáles son y qué sanción puede costarnos si las cometemos.
Del mismo modo, existen otras normas de seguridad quizás menos conocidas pero que también pueden costar una sanción que, ciertamente, no es baladí.
El uso de navegadores
El artículo 76 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial hace referencia a lo que la DGT considera que son infracciones graves y establece lo siguiente en su apartado G: «Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros».
Utilizar el navegador, por lo tanto, es una infracción grave según la DGT y te puede costar una multa de 200 euros. Como os decíamos, es una infracción que se equipara con la multa por utilizar el teléfono móvil.
Comer o beber mientras se conduce
Comer o beber mientras se conduce no está prohibido específicamente, pero de la misma forma que en el caso anterior, los conductores deben garantizar el control del móvil y la sujeción del volante con las dos manos.
Así, y en caso de que un agente nos pille comiendo, la multa puede llegar a ser de 100 euros, pero si se considera una conducción negligente, también podría alcanzar los 200 euros.
Leer al volante
Los relojes inteligentes han sido uno de los regalos estrella de los últimos tiempos y hay muy pocos que se resistan a llevar uno en la muñeca. Pero al volante, nada de nada.
Y es que, si vas conduciendo, debemos recordar que, nos envían un correo electrónico o salta una notificación en cualquiera de nuestros dispositivos, debes evitar leer estos mensajes, ya que esta conducta produce desatención y se sanciona. En concreto, por leer al volante fueron multados en la última campaña de la DGT un total de 207 conductores para una sanción de 200 euros y 3 puntos del carnet de conducir.
Buscar objetos en el coche
En ciertas ocasiones, bien por el transcurso del viaje o trayecto, o porque necesitamos algún papel u objeto que tenemos guardado en el coche, nos vemos abriendo ciertos compartimentos del vehículo y, aunque sea en parado, esto no se debe hacer bajo ningún caso.
Esto es lo que ha reiterado la DGT, acciones que, en principio, están penadas con multas que oscilan entre los 80 y los 200 euros, aunque todo dependerá de la interpretación de los agentes que pueden alegar alguno de sus propios motivos. También pueden ser cargas mal dispuestas, las cuales pueden desplazarse bruscamente o dificultar la visión del conductor, por lo que suponen un peligro para los ocupantes.