Servicios y prestaciones IESS

Servicios y prestaciones IESS

Servicios y prestaciones IESS. Para recibir las prestaciones y servicios del IESS, es necesario que el afiliado al esté al día en los pagos de sus aportes. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

Aportes

Al afiliado le corresponde entregar un aporte al IESS del 9,45% de su sueldo o salario; mientras que al empleador, el 11,15% del salario del trabajador.

Prestaciones del seguro de salud

  • Programas de fomento y protección.
  • Medicina preventiva.
  • Atención médica y odontológica.
  • Maternidad: durante el embarazo, parto y posparto.
  • Exámenes de diagnóstico: laboratorio e Imagenología.
  • Hospitalización, cirugías.
  • Tratamiento de enfermedades.
  • Rehabilitación
  • Tratamiento de enfermedades crónicas degenerativas
  • Tratamiento de enfermedades catastróficas.
  • Subsidio por enfermedad y maternidad.

Tienen derecho por enfermedad:

  • El afiliado (a) con mínimo tres meses de aportes al IESS.
  • Hijos de hasta 18 años de edad de afiliado (a).
  • Cónyuge o conviviente de afiliado, con el aporte adicional del 3,41% del salario de aportación.
  • Cónyuge o conviviente de jubilado con el descuento de la pensión del 4,15%.
  • Hijos de hasta 18 años de edad de jubilados por vejez, invalidez y de montepío.
  • Tienen derecho por maternidad:

La afiliada que registre 12 meses continuos de aportes al IESS.

Prestaciones del seguro de riesgos del trabajo

El afiliado está protegido con prestaciones de salud y económicas, desde el primer día de trabajo, en caso de accidente de trabajo. Este Seguro también entrega prestaciones a los afiliados que adquieren una enfermedad profesional.

Prestaciones y servicios:

  • Cursos y talleres de capacitación de prevención
  • Auditorias a empresas
  • Subsidios o indemnizaciones en forma de pensión o de capital.
  • Asistencia médica, quirúrgica, farmaceútica, hospitalaria y de rehabilitación.
  • Pensiones mensuales temporales o permanentes.

Prestaciones del seguro de pensiones

Jubilación por vejez

El afiliado que reúne los siguientes requisitos mínimos de edad y aportes al IESS tiene derecho a pensiones mensuales vitalicias: 60 años de edad y 30 de aportes; 65 años de edad y 15 de aportes; 70 de edad y 10 de aportes; o 40 años de aportes de cualquier edad.

Jubilación por invalidez

El afiliado con 5 años mínimo de aportes al IESS que se invalida por una enfermedad común para realizar su trabajo, puede solicitar la jubilación por invalidez a través del portal web www.iess.gob.ec.

Jubilación por discapacidad

De acuerdo con la Ley Orgánica de Discapacidades, las personas con discapacidad pueden jubilarse cuando registren 25 años de aportes al IESS y sin límite de edad; y 20 años de aportes para las personas con discapacidad intelectual. Desde el primero de abril de 2014, todos los afiliados al IESS aportan el 0,10% de su salario para financiar estas jubilaciones.

Pensión de montepío

Los deudos de los afiliados y jubilados fallecidos que cumplen con requisitos mínimos, tienen derecho a recibir pensiones mensuales de montepío.

  • El afiliado fallecido debe tener por lo menos cinco años de aportes al IESS antes del fallecimiento para generar el derecho a montepío.
  • El jubilado fallecido, haber recibido pensiones.
  • La solicitud de aprobación se registra en:

En el portal web www.iess.gob.ec.

Sistema Online

CLIC AQUÍ

iess

  • En la Sección «Pensionista» de Servicios en línea.
  • Se escoge «Viudez y orfandad».
  • Se registra la solicitud.
  • Se entrega la solicitud acompañada de los documentos que se señalan en los módulos de Pensiones de la respectiva Dirección Provincial.
  • Una vez aprobada, el IESS transfiere el dinero de la pensión mensual a la cuenta bancaria personal de cada uno de los beneficiarios: cónyuge o conviviente y huérfanos (hijos menores de 18 años de edad o discapacitados de cualquier edad).
  • El pensionista tiene que acercarse a los módulos de Pensiones de un Centro de Atención Universal del IESS a retirar el carné de pensionista.

Auxilio de funerales

Los afiliados del Seguro General fallecidos que registran por lo menos 12 meses de aportes al IESS y los pensionistas que reciben pensión a la fecha de su muerte generan derecho a los gastos de su funeral.