Se sancionará abandono de impugnación a contravenciones de tránsito
Se sancionará abandono de impugnación
Se sancionará abandono de impugnación:
Impugnar una contravención de tránsito y no presentarse a la audiencia para sustentar el reclamo será considerado abandono del recurso y los costos por la diligencia fallida se endilgarán al que no asiste.
Eso resolvió esta mañana el Consejo de la Judicatura (CJ), durante una reunión de la Mesa de Justicia, en la primera cita que realizan los ministerios y otras entidades del Estado encargadas de esta área en 2015.
Gustavo Jalkh, presidente del CJ, explicó que el 95% de los conductores sancionados por contravenciones de tránsito reconocen su responsabilidad y cumplen las sanciones impuestas, y el 5% decide impugnar. “Pero se está dando que la mayoría de los que impugnan no se están presentando a la audiencia de impugnación y su propia ausencia provoca que la diligencia no se realice”, señaló.
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Por eso las autoridades judiciales decidieron que, además de declarar el abandono de la causa por parte del impugnante, este asuma las costas procesales que genera movilizar a los operadores de justicia para una audiencia.
Con esto se busca que haya más formalidad en el sistema procesal en materia de contravenciones de accidentes de tránsito “y que impugne quien realmente tiene la intención de presentarse a la audiencia con pruebas suficientes para evitar la sanción”, concluyó Jalkh. (I)
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