Consejo de la Judicatura promueve digitalmente la atención de garantías jurisdiccionales durante la emergencia sanitaria
Se establecen mecanismos para la aprobación de la ejecución de audiencias telemáticas domiciliarias en las provincias del Ecuador durante la cuarentena.
Punto Noticias: El Concejo de la Judicatura ha ampliado y establecido el sistema de turnos en la atención de garantías jurisdiccionales por las y los jueces de primer nivel en las provincias de Guayas, Pichincha, Los Ríos, El Oro, Manabí y Azuay, durante la emergencia sanitaria y conforme evolucione la demanda del servicio.
Las direcciones provinciales, bajo la supervisión de la Dirección General del Consejo de la Judicatura, elaborarán el cronograma, los horarios y los cuadros de atención respectivos. En las demás provincias, las y los jueces de flagrancia y multicompetentes de turno continuarán conociendo y resolviendo las causas de garantías jurisdiccionales.
Quedan excluidos de la atención de garantías jurisdiccionales, durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria declarado a nivel nacional, las y los servidores judiciales que presenten una o más condiciones de vulnerabilidad de contagio del covid-19. El Pleno del Consejo de la Judicatura ampliará o modificará la aplicación de los artículos contemplados en la presente resolución, de acuerdo con las disposiciones emitidas por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, a partir de lo cual se priorizará las provincias con mayor incidencia de contagios del coronavirus.
Para la aplicación de la presente resolución se tomará en consideración el: “informe técnico- jurídico para la viabilidad de realizar audiencias telemáticas mientras dure la emergencia sanitaria”, puesto en conocimiento por el Memorando circular CJ-DG-2020- 1014-MC, de 27 de marzo de 2020, a las Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura, así como el: “informe para la utilización o autorizacion de videoaudiencias domiciliarias en las dependencias judiciales del pais mientras dure la declaratoria de emergencia sanitaria covid – 19”, contenido en el memorando cj-dngp-2020-1734-m, de 09 de abril de 2020; y, el Memorando-CJ-DNGP-2020-1767-M, de 17 de abril de 2020, mediante el cual se establece el mecanismo para la aprobación de la ejecución de audiencias telemáticas domiciliarias en las provincias. (C.D.A.)