Consejo de la Judicatura promueve digitalmente la atención de garantías jurisdiccionales durante la emergencia sanitaria

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Se establecen mecanismos para la aprobación de la ejecución de audiencias telemáticas domiciliarias en las provincias del Ecuador durante la cuarentena.

Punto Noticias: El Concejo de la Judicatura ha ampliado y establecido el sistema de turnos en la atención de garantías jurisdiccionales por las y los jueces de primer nivel en las provincias de Guayas, Pichincha, Los Ríos, El Oro, Manabí y Azuay, durante la emergencia sanitaria y conforme evolucione la demanda del servicio.

Las direcciones provinciales, bajo la supervisión de la Dirección General del Consejo de la Judicatura, elaborarán el cronograma, los horarios y los cuadros de atención respectivos. En las demás provincias, las y los jueces de flagrancia y multicompetentes de turno continuarán conociendo y resolviendo las causas de garantías jurisdiccionales.

Quedan excluidos de la atención de garantías jurisdiccionales, durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria declarado a nivel nacional, las y los servidores judiciales que presenten una o más condiciones de vulnerabilidad de contagio del covid-19. El Pleno del Consejo de la Judicatura ampliará o modificará la aplicación de los artículos contemplados en la presente resolución, de acuerdo con las disposiciones emitidas por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, a partir de lo cual se priorizará las provincias con mayor incidencia de contagios del coronavirus.

Para la aplicación de la presente resolución se tomará en consideración el: “informe técnico- jurídico para la viabilidad de realizar audiencias telemáticas mientras dure la emergencia sanitaria”, puesto en conocimiento por el Memorando circular CJ-DG-2020- 1014-MC, de 27 de marzo de 2020, a las Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura, así como el: “informe para la utilización o autorizacion de videoaudiencias domiciliarias en las dependencias judiciales del pais mientras dure la declaratoria de emergencia sanitaria covid – 19”, contenido en el memorando cj-dngp-2020-1734-m, de 09 de abril de 2020; y, el Memorando-CJ-DNGP-2020-1767-M, de 17 de abril de 2020, mediante el cual se establece el mecanismo para la aprobación de la ejecución de audiencias telemáticas domiciliarias en las provincias. (C.D.A.)

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